La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) inició la implementación de un cambio en el proceso de facturación electrónica. A partir de esta modificación, los emisores podrán generar facturas electrónicas utilizando únicamente el tipo y número de identificación del comprador, sin necesidad de solicitar información adicional.
La entidad explicó que esta nueva funcionalidad tiene como propósito simplificar el proceso de facturación, eliminando barreras innecesarias tanto para quienes expiden las facturas como para los receptores.
Según Luis Eduardo Llinás Chica, director general encargado de la DIAN, la medida busca facilitar el cumplimiento tributario mediante la reducción de exigencias que, en muchos casos, implicaban la recolección excesiva de datos personales.
Un aspecto destacado de esta iniciativa es que no se limita únicamente a los usuarios que emplean el Servicio de Facturación Gratuita ofrecido por la DIAN.
También abarca a quienes utilizan soluciones propias de facturación o aquellas contratadas a través de proveedores tecnológicos autorizados. La medida se aplicará de forma transversal, promoviendo una mayor eficiencia en la emisión de comprobantes fiscales.
Para garantizar una transición adecuada, la DIAN trabaja en la integración de esta funcionalidad en sus sistemas, de modo que los datos como el nombre o razón social y el correo electrónico del comprador se completen automáticamente. Esta automatización permitirá generar la factura electrónica sin necesidad de solicitar información adicional, siempre que el comprador esté registrado en la base de datos habilitada para este propósito.
Cabe resaltar que esta modificación solo aplica al ámbito de la facturación electrónica, conforme a lo establecido en coordinación con la Superintendencia de Industria y Comercio, especÃficamente con la Delegatura para la Protección de Datos Personales. De esta manera, se busca asegurar que los cambios se implementen respetando el marco normativo vigente en materia de protección de datos.
¿Cómo funcionará la facturación electrónica con los cambios de la DIAN?
En cuanto al funcionamiento especÃfico del nuevo esquema, la DIAN precisó que, si el comprador no se encuentra en la base de datos habilitada, la empresa que emita la factura electrónica podrá solicitar únicamente tres datos: el nombre o razón social, el tipo y número de identificación, y el correo electrónico, este último solo si el comprador desea recibir el documento por medios digitales.
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En caso de no contar con un correo electrónico, la empresa deberá entregar una copia impresa del comprobante, sin exigir información adicional como número telefónico, dirección o Registro Único Tributario (RUT). Esta disposición se encuentra establecida en el artÃculo 35 de la Resolución 165 de 2023.
Asimismo, la DIAN señaló que la nueva reglamentación incluye condiciones especÃficas para las empresas de servicios públicos domiciliarios. Estas solo podrán emitir documentos equivalentes electrónicos por servicios efectivamente prestados, salvo que el usuario autorice expresamente un uso distinto.