Vivir en conjuntos residenciales implica cumplir con las normas de convivencia establecidas en la Ley 675 de 2001, la cual regula las relaciones jurÃdicas y administrativas dentro de la propiedad horizontal. Este marco legal define las bases para la organización interna, el uso de los espacios comunes y la resolución de conflictos entre los copropietarios.
En este sentido, los conjuntos residenciales deben establecer, con fundamento en dicha ley, los derechos y deberes de los copropietarios, asà como las directrices para el funcionamiento de la administración y del consejo de administración, el cual es elegido por la asamblea general de copropietarios. Este órgano, junto con la administración, tiene la responsabilidad de garantizar que las normas se cumplan y que la convivencia se desarrolle de manera ordenada.
Entre las disposiciones más relevantes se encuentran aquellas relacionadas con el uso adecuado de las áreas comunes, el respeto a los espacios compartidos y la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento. Estas medidas buscan prevenir conflictos, evitar riesgos y preservar la armonÃa entre los residentes.
Uno de los puntos que la norma enfatiza es la prohibición de ciertas actividades en las zonas comunes. Entre ellas se encuentra una práctica frecuente entre los niños: jugar con balones en áreas transitadas por vecinos.
Según la Ley, da potestad a un conjunto de imponer multa, si un menor es sorprendido realizando esta actividad en pasillos, entradas, corredores o cualquier espacio de circulación, sus responsables pueden ser sancionados con una multa.
Esta restricción tiene como propósito principal prevenir accidentes y reforzar la seguridad colectiva. Un lanzamiento o rebote inesperado de un balón puede provocar caÃdas, lesiones o entorpecer el paso de personas, especialmente en espacios de alto tránsito. Asimismo, la medida busca proteger a los propios menores, evitando que se expongan a riesgos innecesarios dentro del conjunto.

¿De cuánto puede ser la multa por esta infracción?
La Ley establece que las sanciones deben ser previamente aprobadas por la asamblea de copropietarios y reglamentadas en el manual de convivencia. En muchos casos, la multa corresponde al valor de una cuota ordinaria de administración, aunque la asamblea puede definir un monto diferente. Por ejemplo, si la cuota mensual de administración es de $200.000, este mismo valor podrÃa aplicarse como sanción por permitir que menores jueguen con balones en zonas comunes transitadas.
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Además de esta prohibición, la normativa también impide dejar objetos personales en áreas comunes de circulación, como pasillos, entradas, jardines o parqueaderos de uso compartido. Esto incluye bicicletas, muebles, motocicletas y cualquier artÃculo de uso privado. El incumplimiento de esta disposición también puede acarrear sanciones económicas, tanto para propietarios como para arrendatarios, dado que las normas de convivencia se aplican a todos los residentes del conjunto, sin distinción.