El inicio del año también se traduce en más movimiento por las carreteras del país. De ahí la importancia de estar al tanto de las normativas en cuanto al ingreso y salida de vehículos para evitar dolores de cabeza o retrasos durante el viaje.
Pico y placa en enero
En Bogotá, la Secretaría Distrital de Movilidad dio a conocer cómo operará el Pico y Placa durante los primeros días de enero. Si bien la medida se mantendrá bajo el esquema de placas pares e impares, habrá algunas excepciones que los conductores deben tener en cuenta durante estas fechas.
En 2026, la restricción operará de manera habitual de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.
En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en 1, 2, 3, 4 y 5; mientras que en fechas pares pueden circular aquellos con placa terminada en 6, 7, 8, 9 y 0.
No obstante, y para facilitar la movilidad durante el periodo de retorno gradual a las actividades laborales y académicas en la ciudad, no se aplicará el pico y placa entre el 1 y el 4 de enero. De manera que, esta iniciará de manera oficial el lunes 5 de enero.
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Puente de Reyes
El 12 de enero se activará el pico y placa regional para controlar los ingresos a la capital por los principales corredores viales.
De acuerdo con la administración distrital, a partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., se permitirá el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas terminadas en número par; mientras que de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se dará entrada a los vehículos con placas impares.
Movilidad en Medellín
A través de decreto, la Alcaldía de Medellín suspendió de manera temporal la restricción de Pico y Placa. Esta decisión se fundamenta en un estudio técnico que evidencia una reducción de hasta el 21 % en el flujo vehicular durante la temporada de fin de año.

La medida tendrá lugar hasta el 16 de enero, por lo que se retomará su funcionamiento habitual a partir del 19 de enero.
La secuencia numérica que se adoptará para reiniciar la restricción es la misma del segundo semestre de 2025. Es decir, se prohíbe la circulación entre las 5:00 a. m. y 8:00 p. m. a vehículos con placas terminadas en: 6 y 9 (lunes), 5 y 7 (martes), 1 y 8 (miércoles), 0 y 2 (jueves), 3 y 4 (viernes).




