A pesar de que la Corte Constitucional sigue revisando la reforma al sistema de jubilaciones, existen los mecanismos para trasladarse de fondo de pensión en Colombia.
La ventana fue avalada por el Congreso de la República en el marco de la reforma que presentó el gobierno del presidente Petro, pero que no ha entrado en vigor a cuenta de que el Alto Tribunal debe decidir, de fondo, sobre lo aprobado.
Con esto, la ventana para trasladarse de fondo de pensión en Colombia sigue en caso de que los aportantes avalados por la ley pasen a un fondo privado o a Colpensiones, dependiendo del caso.
Sin embargo, el beneficio no aplica para todos los aportantes al sistema, y deberán cumplirse una serie de disposiciones, entre estas la doble asesorÃa que entregan los administradores del ahorro.
Trasladarse de fondo de pensión en Colombia seguirá vigente hasta junio del próximo año, siendo una de las medidas que, dijo la Corte, pueden seguirse aplicando a pesar de que no hay un pronunciamiento de fondo sobre estos cambios a la Ley 100.
¿Quiénes podrán trasladarse de fondo de pensión en Colombia?
- Mujeres mayores de 47 años y con 750 semanas cotizadas a pensión
- Hombres mayores de 52 años y más de 900 semanas cotizadas
Piden los fondos privados, asà como Colpensiones, que los aportantes al sistema revisen con detalle cuáles son las condiciones sobre monto ahorrado y tiempo restante para el retiro laboral antes de realizar el traslado.
Para esto será obligatorio que quienes lleven a cabo el proceso certifiquen la doble asesorÃa, que básicamente es recibir la información sobre posibles escenarios de jubilación con base en la información del historial laboral del interesado.
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Una vez se venza el plazo para trasladarse de fondo de pensión en Colombia, en junio del próximo año, se eliminará este mecanismo entendiendo que, en caso de que asà lo avale la Corte, se elimina la competencia entre fondos.