A partir del 17 de julio, los usuarios de servicios de telecomunicaciones en Colombia pagarán menos por la reconexión de las líneasv que hayan sido suspendidas por falta de pago.
La medida entra en vigor tras la expedición de una nueva regulación por parte de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que fija por primera vez topes máximos obligatorios para este cobro y permitirá reducciones de hasta el 97 % frente a los valores que actualmente asumen muchos usuarios.
La decisión da cumplimiento a lo establecido en la Ley 2485 de 2026, norma que ordenó fortalecer la protección de los consumidores frente a los costos asociados con la reconexión de los servicios de telecomunicaciones. Con esta regulación, la CRC busca que los valores cobrados por este concepto respondan a los costos reales y eficientes del procedimiento, evitando cobros superiores a los estrictamente necesarios.
¿Cómo serán los nuevos topes para la reconexión de servicios?
La resolución establece valores máximos diferenciados según el tipo de servicio y el tamaño del proveedor de telecomunicaciones.
En el caso de la telefonía móvil, el cobro por reconexión no podrá superar los $285, sin incluir el impuesto sobre las ventas (IVA).
Para los servicios fijos, la regulación define dos categorías. Los operadores con 30.000 accesos o más podrán cobrar un máximo de $1.232 por la reconexión. En tanto, los proveedores con menos de 30.000 accesos tendrán un tope de $10.269.
La CRC precisó que estos valores fueron calculados en pesos colombianos con base en enero de 2026 y no incluyen el IVA. Además, explicó que los montos corresponden a los costos eficientes identificados durante el análisis técnico realizado por la entidad, el cual se sustentó en la información financiera y operativa reportada por los propios operadores del sector.
De acuerdo con la Comisión, el objetivo es establecer criterios uniformes para todos los proveedores y garantizar que los usuarios solo paguen por los costos estrictamente relacionados con el proceso de restablecimiento del servicio.

La medida no elimina el cobro ni la obligación de pagar la deuda
La CRC aclaró que la nueva regulación no prohíbe el cobro por reconexión ni obliga a las empresas de telecomunicaciones a aplicarlo. De hecho, algunos operadores ya ofrecen la reconexión sin costo para sus usuarios y podrán continuar haciéndolo si así lo determinan dentro de su política comercial.
Lo que cambia con la entrada en vigencia de la norma es que, cuando un proveedor decida realizar este cobro, deberá respetar los topes máximos establecidos por la regulación y no podrá fijar valores superiores.
La entidad también enfatizó que esta medida no elimina la obligación de los usuarios de pagar las facturas pendientes ni modifica las reglas que permiten a los operadores suspender el servicio por mora. La regulación se limita a establecer un límite para el valor adicional que puede cobrarse por la reconexión, el cual deberá corresponder al costo real y eficiente del procedimiento técnico.
La disposición aplica para todos los proveedores de telefonía móvil, internet fijo, telefonía fija y televisión por suscripción que operan en Colombia, sin importar su naturaleza jurídica o el tamaño de su operación, siempre bajo las condiciones definidas en la resolución.
Finalmente, la CRC recordó que, una vez el usuario haya cancelado la totalidad de los valores adeudados y se cumplan las condiciones para el restablecimiento del servicio, el operador contará con un plazo máximo de tres días hábiles para efectuar la reconexión.




