Un paso más cerca de negociar fondos inmobiliarios en la Bolsa de Colombia

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La Bolsa de Valores de Colombia (BVC) dio un paso más para permitir que comisionistas de bolsa, inversionistas y personas naturales puedan negociar títulos de fondos inmobiliarios.

Aunque esa posibilidad ya existe, la BVC decidió mover hacia la rueda de renta variable (desde la rueda de renta fija) la posibilidad de negociar títulos de fondos basados en proyectos inmobiliarios.

Eso les abre la puerta a vehículos de inversión como el Patrimonio Estrategias Inmobiliarias (PEI), administrado por PEI Asset Management, para darle más liquidez a la rueda de renta variable en la que se negocian acciones como las de Ecopetrol y Bancolombia.

La BVC anunció una modificación a su reglamento general relacionada con la incorporación de los títulos de participación emitidos por los fondos de inversión colectiva cerrados, fondos de capital privado, patrimonios autónomos y/o procesos de titularización, para que sean negociados en el sistema de renta variable.

En esa categoría, justamente, se clasifica el PEI que se ha convertido en el fondo inmobiliario con el saldo más alto de activos administrados: $4,7 billones a junio de 2018.

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La BVC, el propio PEI y los inversionistas esperan desde hace varios meses la expedición de un decreto tributario que declare exentos a esos fondos inmobiliarios de retención en la fuente, tal como sucede con las acciones que se negocian en la rueda de renta variable.

Sin embargo, el decreto sigue en estudio en la Dian y el Ministerio de Hacienda. De ahí deberá pasar a revisión en el área legal de la Presidencia de la República. Solo ese último estudio puede tomar entre uno y dos meses.

Mientras tanto, el PEI y otras entidades -como la Titularizadora Colombiana- se preparan para inscribir sus instrumentos de inversión en la Bolsa de Valores de Colombia.

Otro de los pasos que requieren los fondos inmobiliarios para negociarse en la rueda de renta variable es que la Superintendencia Financiera apruebe su reglamentación, la cual sigue en revisión.

De acuerdo con la nueva reglamentación, los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) que podrán ser objeto de operaciones de contado son:

1. Acciones;
2. Bonos obligatoriamente convertibles en acciones (BOCEAs);
3. Derechos de suscripción de acciones o de BOCEAs; y
4. Participaciones en fondos bursátiles cuyo portafolio esté compuesto por algunas o todas las acciones, BOCEAs o derechos de suscripción de acciones o de BOCEAs inscritos en bolsas de valores o cuyo portafolio esté compuesto por activos diferentes a los enunciados anteriormente.
5. Los títulos de participación emitidos por los fondos de inversión colectiva cerrados, fondos de capital privado, patrimonios autónomos y/o procesos de titularización.

Para los títulos de participación emitidos por los fondos de inversión colectiva cerrados, fondos bursátiles, fondos de capital privado, patrimonios autónomos y/o procesos de titularización, cuando sean negociadas por primera vez en el Sistema, el precio de referencia corresponderá al valor de la unidad de participación informado por el emisor o el administrador del fondo bursátil para el primer día de negociación.

Los títulos de participación emitidos por los fondos de inversión colectiva cerrados, fondos bursátiles, fondos de capital privado, patrimonios autónomos y/o procesos de titularización, podrán ser objeto de Operaciones Repo si son clasificados en alguno de los Grupos de Liquidez de acuerdo con los criterios de clasificación.

La reglamentación de la BVC se puede consultar aquí.

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