Autorización de reglamentos para productos de ahorro y depósitos electrónicos podrá darse en un día

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La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa 025 de 2018 con la que se reduce, incluso, a un día el tiempo de autorización para los reglamentos de los productos de las secciones de ahorros y depósitos electrónicos de las entidades vigiladas.

De acuerdo con la circular, los reglamentos de los productos de la sección de ahorros a los que les aplique dicho régimen de autorización general se entienden autorizados a partir de la fecha que se indique en el oficio que emita el aplicativo dispuesto por la SFC para adelantar este trámite.

Para asegurar la correcta transmisión de la información, entre el 26 y el 30 de noviembre las entidades vigiladas podrán realizar las pruebas correspondientes para la aplicación de esa circular.

El procedimiento de autorización a través del régimen general no restringe la facultad que tiene la Superintendencia Financiera para solicitar y verificar, en las entidades vigiladas, el contenido de los reglamentos de las secciones de ahorro que hayan surtido el trámite.

Además, las modificaciones a los reglamentos de los productos de la sección de ahorros deben ser notificadas a los consumidores financieros en los términos que se establezca en el respectivo contrato y deben ser actualizadas en todos los documentos que la respectiva entidad utilice para la comercialización y ofrecimiento del respectivo producto, así como en su página web. 

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