¿Planea salir de vacaciones en Colombia? Esto es lo que debe saber

Si usted planea salir de vacaciones en Colombia, tenga en cuenta este abecé sobre todo lo que necesita saber para retomar sus viajes, de acuerdo con información de Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

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Colombia, como medida de protección y contención de la pandemia de coronavirus, decidió en marzo de este año darle pausa a gran parte de las actividades económicas que involucraban aglomeración o concentración de personas, salvo las que no fueran de vital importancia, buscando ponerle un freno temprano a una crisis sanitaria. 

Dentro de esas medidas estuvo el cierre temporal de las actividades turísticas en el país y el congelamiento de los desplazamientos terrestres, marítimos o aéreos con fines de ocio. Medida que, aunque ayudó a mitigar los contagios de la enfermedad en el país, también afectó enormemente al sector turismo que en Colombia representa el 2,15 % del Producto Interno Bruto y que, en 2018, tenía a más de 1,9 millones de personas ocupadas en actividades relacionadas con este rubro; es decir, 8,8 % del total de empleados del país.

No obstante, con la notable desaceleración del coronavirus en el país, el Gobierno Nacional dictaminó una serie de medidas para volver a reactivar varios sectores que, hasta el momento, estaban paralizados. Esto con el fin de estimular la economía nacional y a los afectados por la crisis.

Lo anterior quiere decir que, con el Decreto 1168 de 2020, se permite en Colombia retomar las actividades turísticas a partir del primero de septiembre de 2020 (fecha en la cual arranca la etapa del aislamiento selectivo), después de cinco meses de cierre.

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Eso sí, se debe tener en cuenta que siguen restringidas las actividades de los bares, discotecas, eventos y el consumo de alcohol en espacios públicos o en establecimientos de comercio, que muchas veces hacen parte de los planes turísticos o vacacionales.

Si usted planea salir de vacaciones en Colombia, tenga en cuenta este abecé sobre todo lo que necesita saber para retomar sus viajes, de acuerdo con información de Ministerio de Comercio, Industria y Turismo:

A. A partir del primero de septiembre están permitidos los desplazamientos de las familias para actividades turísticas y excursiones. No hay restricciones de transporte intermunicipal ni aéreo. Pero si va más de una persona en el vehículo deben todos los ocupantes llevar tapabocas puesto.

B. Se reactiva el transporte aéreo nacional; sin embargo, a partir del primero de septiembre estarán las mismas rutas y frecuencias que en enero. Será progresivo porque no habrá la misma demanda.

C. Entra en vigencia la primera fase de conectividad aérea doméstica, que define a 16 aeropuertos entre los que están Bogotá, Rionegro, Medellín, Cali, Medellín, Cartagena, Barranquilla, Santa Marta, Pereira; los principales del país. 

D. ​​​Se podrá asisitir y alojarse en hoteles, cumpliendo con los protocolos de bioseguridad que estos ya tienen. El Ministerio de Salud y Protección Social está preparando la versión final del protocolo de las piscinas, en el que se especificarán los aforos y medidas para este caso.

E. Quedan habilitadas las playas del país para fines turísticos. Habrá que ser cautelosos en las medidas de prevención y el distanciamiento individual responsable. El Ministerio de Salud está desarrollando un protocolo playas y de comportamiento ciudadano en espacio público, que tendrán que cumplirse por los visitantes de las playas y los comercios.

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F. Los parques naturales podrán volver a funcionar respetando las medidas de la Resolución 1421 de 2020; así como los parques temáticos. No obstante, Se aclara que no se permite el desarrollo de actividades que involucren eventos sociales, públicos o privados que impliquen aglomeraciones.

G. Respecto a los vuelos internacionales, la Aeronáutica Civil envió una solicitud con sus argumentos para levantar la suspensión a los vuelos internacionales y el Ministerio de Salud dio vía libre para reanudarlos. Es una primera fase. Sin embargo, un vuelo internacional no solo depende de Colombia. La Aeronáutica está en conversación con sus homólogos de otros países. Luego entrarán las aerolíneas a ofertar.

H. El consumo de bebidas embriagantes está prohibido en sitios públicos y/o locales comerciales; no obstante, si existe alguna ejecución de un plan piloto de bar o restaurantes autorizado previamente por el Ministerio del Interior, podrán consumirse en el establecimiento.

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