Se aplazan vencimientos de pago de impuesto de industria y comercio en Bogotá

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá aplazó las fechas para el vencimiento del pago del impuesto de industria y comercio (ICA) en 2021.

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Foto: Archivo Valora Analitik
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La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá aplazó para el 19 de marzo de 2021 el vencimiento para el pago del impuesto de industria y comercio (ICA) del régimen común con declaración anual. Igualmente, los contribuyentes del régimen preferencial y responsables de ReteICA tendrán hasta el próximo 29 de enero de 2021 para cumplir con la obligación.

Con esta decisión, se pretende aliviar el bolsillo de los medianos y pequeños contribuyentes que han visto afectados sus ingresos por efectos de la pandemia del Covid-19 y los nuevos cierres.

Así las cosas, los contribuyentes del impuesto de industria y comercio, pertenecientes al régimen preferencial, deberán declarar y pagar una única declaración anual por el año gravable 2020 a más tardar el 29 de enero de 2021.

Para el régimen común de ICA, la Secretaría de Hacienda espera un recaudo adicional de $173.000 millones que representan 140.000 declaraciones. En cuanto a ReteICA aún están pendientes de declarar 70.000 contribuyentes, que significan un recaudo de $200.000 millones.

Cabe recordar que deben declarar la retención del ICA quienes estén catalogados por la DIAN como grandes contribuyentes; consorcios y uniones temporales que realicen pagos a favor de contribuyentes de ICA; los designados como agentes de retención de ICA; sociedades fiduciarias y contribuyentes de ICA que pertenezcan al régimen común, siempre que realicen pagos a otro contribuyente del régimen preferencial o del régimen común que ejerzan actividades gravadas en la jurisdicción del Distrito Capital.

La SDH tiene disponibles los canales tradicionales de la SDH, o directamente a través del siguiente enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.

Además, el pago puede realizarse a través de la línea por PSE o con tarjeta de crédito, siempre y cuando su entidad bancaria tenga convenio con la Secretaría Distrital de Hacienda o esté dentro de las entidades autorizadas.

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