Aerolíneas en Colombia incluirían cláusulas que perjudican a usuarios: Supertransporte

La Superintendencia de Transporte abrió investigaciones a 26 aerolíneas que prestan el servicio de transporte aéreo de pasajeros en Colombia.

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En mayo de 2023 crecieron los vuelos en el mundo. Imagen: ThePixelman en Pixabay.
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La Superintendencia de Transporte de Colombia abrió investigaciones administrativas, mediante la formulación de pliego de cargos, a 26 aerolíneas que prestan el servicio de transporte aéreo de pasajeros en Colombia. Para más información de aerolíneas haga clic aquí.

Esto como resultado de una revisión realizada por el ente de control a los contratos celebrados entre las empresas y los usuarios del sector aéreo.

Según la entidad de vigilancia, durante varios meses, examinó la información publicada en las páginas web de las empresas y realizó requerimientos, con el propósito de verificar si cuentan con las normas establecidas para ello.

Al concluir el análisis, la Supertransporte encontró que había contratos en idiomas distintos del castellano, cláusulas que exoneran la responsabilidad por daños al equipaje del usuario y otras que permitirían cambiar unilateralmente el precio anunciado al consumidor, entre otras situaciones que podrían perjudicar a los usuarios.

Por tal razón, formuló cargos a las siguientes 26 aerolíneas:

Aerolíneas Argentinas; Aeroméxico; Air Canada; Air Europa; Air France; Air Transat; American Airlines; Avianca; Avior Airlines; Copa Airlines; Delta Air Lines; Easyfly; GCA Airlines; Iberia; Jetblue; KLM; Latam; Jetsmart; Regional Express; Satena; Sky Airline; Spirit Airlines; Turkish Airlines; United Airlines; Viva Air y Wingo.

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El superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, manifestó que “esta es una de las actuaciones más trascendentales para el país, pues no se trata de una publicidad en concreto o un problema puntual, sino de las cláusulas que se les están imponiendo a todos los consumidores del país al comprar su tiquete. Las empresas deben revisar y ajustar sus actuaciones frente a cada capítulo de la ley del consumidor”.

Uno de los capítulos más importantes de la ley de protección del consumidor tiene relación con las cláusulas que podrían afectar los derechos de los usuarios, por lo cual, la Superintendencia adelantó averiguaciones preliminares, durante varios meses, para determinar si en los contratos de transporte que celebran las aerolíneas con los consumidores habría alguna que pudiera considerarse fuera de la norma.

Si bien a las 26 aerolíneas se les abrieron investigaciones por presuntamente incluir cláusulas perjudiciales para los usuarios, hay dos casos en que se encontraron otro tipo de infracciones:

En el caso de Regional Express Américas, se encontró una presunta infracción, pues no habría cumplido con su obligación de habilitar en el medio de comercio electrónico el contrato de transporte, para que los usuarios puedan acceder a su información, descargarlo e imprimirlo en cualquier momento.

En cuanto a la empresa Jetblue Airways Corporation, el cargo fue formulado por la presunta infracción de la normatividad, al presentar el texto del contrato de transporte aéreo en idioma distinto del castellano.

Hay que decir que, de ser encontradas responsables, las empresas Regional Express Américas y Jetblue Airways Corporation podrían ser sancionadas con una multa de hasta 443 salarios mínimos mensuales legales vigentes (Smmlv).

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Para las demás empresas, las sanciones en caso de comprobarse las infracciones administrativas al Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) podrán llegar a los 2.000 Smmlv para cada uno de los investigados y por cada cargo.

Según la Supertransporte, contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 1437 de 2011 y se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa.

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