Juez frena cambios hechos a la Ley de Garantías en Colombia

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Un fallo de tutela de un juez de Bogotá frenó los cambios hechos por el Congreso a la Ley de Garantías, punto incluido en la Ley de Presupuesto del 2022.

De acuerdo con la providencia, el presidente de Colombia, Iván Duque, y los alcaldes y gobernadores deberán abstenerse de aplicar la modificación, que permitía realizar convenios interadministrativos en épocas de elecciones. Lea más en Política.

Eso sí, el juzgado aclaró que “la presente restricción solo estará vigente hasta que la Corte Constitucional conozca de la demanda de acción pública de inconstitucionalidad que adelanta el señor Miguel Ángel Bravo Gutiérrez o, que, en el ejercicio de ese derecho, radique cualquier ciudadano”.

Lo anterior quiere decir que solo hasta que el alto tribunal revise el articulado y determine si es o no constitucional, la Ley de Garantías tendrá que seguirse aplicando integralmente.

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Esto incluye la no realización de convenios entre el Gobierno nacional y los entes territoriales, pero también otras disposiciones como la no firma de contratos de prestación de servicios meses antes de las elecciones.

En su momento, el Congreso, con aval del Gobierno, votó a favor de modificar la Ley de Garantías, argumentando que quitarle el veto a la celebración de convenios permitiría impulsar la reactivación económica de Colombia.

Según el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, con esto se busca hacer más eficiente la ejecución del Presupuesto General de la Nación. “Hay $3 billones o $4 billones en el presupuesto del 2022 que simplemente no se podrían ejecutar de no permitirse esta posibilidad”, señaló.

No obstante, desde diversos sectores han asegurado que la medida sería ilegítima, ya que el cambio se hizo con una ley ordinaria, cuando la Ley de Garantías es estatutaria.

Sin contar con las denuncias que se han hecho desde sectores políticos, que aseguran que esta modificación abriría la puerta a que se presenten irregularidades en las elecciones presidenciales y legislativas.

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