Alternativas para pensionarse en México si cotiza en el IMSS

Pensión en Colombia
Pensión en Colombia. Foto: Getty Images.
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En México, al igual que en Colombia, hay un sistema de pensiones en el que coexisten dos regímenes. Las personas se pensionan en el uno o en el otro de acuerdo con la fecha en que comenzaron a cotizar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El primer régimen, el de 1973, es para aquellos que empezaron a cotizar antes del primero de julio de 1997, y aplica para mayores de 65 años con mínimo 500 semanas de cotización ante el IMSS. Lea más en Noticias Económicas Internacionales.

En este sistema, los jubilados reciben entre 75 % y 100 % de su último salario, esto será contemplado con base en las semanas cotizadas y el salario en los últimos cinco años.

Entre tanto, el segundo régimen, el de 1997, aplica para aquellos que iniciaron sus cotizaciones el primero de julio de 1997. Cobija a los mayores de 65 años con más de 1.250 semanas y 24 años de trabajo.

Así, es preciso mencionar que hay tres alternativas que tiene el IMSS para pensionarse en México, las cuales son: retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), riesgo de trabajo (RT) e invalidez y vida (IV).

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Hay que tener en cuenta que todos los requisitos que se mencionan a continuación para acceder a la alternativa de preferencia son establecidos por la Ley del IMSS:

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Para las personas que van a acceder a esta alternativa y que pertenecen al régimen de 1973, necesitan haber cotizado mínimo 500 semanas.

En este caso, el porcentaje que recibirán los jubilados dependerá de la edad que se pensionen, eso sí, teniendo como requisito mínimo 60 años de edad cumplidos. Las personas que se jubilan a los 65 años reciben el 100 % de la pensión.

Para determinar cuál es el valor que corresponde a la pensión se tiene en cuenta el salario diario promedio de los últimos cinco años cotizados (250 últimas semanas en promedio) y el nivel salarial.

Esta es la relación que existe entre la edad y el porcentaje que aplica para la pensión:

Vale recordar que el límite salarial es de 25 veces el Salario Mínimo General del Distrito Federal.

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Entre tanto, aquellos que pertenecen al régimen de 1997 y quieren acceder a esta alternativa requieren mínimo 1.250 semanas de cotización y tener 60 a 64 años para acceder a la pensión por cesantía o tener 65 años para aplicar a la pensión por vejez.

La pensión se calcula con base en el saldo acumulado en la cuenta individual y se actualizará año a año.

Riesgo de Trabajo

Para aplicar a esta alternativa las personas que pueden aplicar son aquellas que hayan sido diagnosticadas con una enfermedad que haya surgido a partir de la actividad o el ambiente donde realiza su actividad profesional.

También puede aplicar aquel que haya sufrido un accidente a causa de su actividad profesional, el cual haya provocado o pueda provocar una lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior.

Es de anotar que en la pensión por riesgo de trabajo no se requiere cumplir con un número de semanas cotizadas.

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Pese a la afirmación anterior, para que el seguro de sobrevivencia contratado en caso de incapacidad total cubra la muerte del pensionado por un motivo diferente al riesgo de trabajo ocurrido, es necesario que el asegurado haya cotizado, como mínimo, 150 semanas. 

Invalidez y Vida

En este último caso, las personas que pueden acceder son aquellas que hayan sufrido una enfermedad ajena a la actividad o al ambiente donde realizan su actividad profesional.

También pueden acceder quienes sufran un accidente por una causa diferente a su actividad profesional, que puede provocar una lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior.

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En este caso, es necesario cumplir con un número de semanas cotizadas, que, en el caso de invalidez mayor al 75% o la muerte del trabajador, la persona requiere haber cotizado mínimo 150 semanas ante el IMSS.

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