Trámites en caso de fallecer en EE.UU. y dejar bienes

Con el cambio político y la situación económica del país, cada vez más colombianos invierten para bienes inmuebles o buscan hacerlo en Estados Unidos.

Foto: Pixabay
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Con el cambio político y la actual situación económica del país, cada vez más colombianos invierten o buscan hacerlo en Estados Unidos. Pues el país es potencia económica y ofrece bienes inmuebles de diversos rangos de precio.

Según la National Association of Realtors (NAR), Colombia fue el décimo país con más participación de compras de bienes raíces en Estados Unidos por parte de ciudadanos extranjeros en el 2021. Pero al momento de la adquisición, los compradores no tienen en cuenta ciertos aspectos jurídicos en caso tal de fallecer

Para Isbely Glazer de US Prime Realty LLC, un ciudadano colombiano puede comprar una propiedad en el país que nunca descansa, pero debe tener en cuenta estos temas jurídicos antes de comprar el inmueble, además de abrir una compañía o hacer el registro de una corporación.

No se recomienda comprar un bien raíz a título personal, pues esto genera un sobrecosto del impuesto del 15 % adicional a los impuestos cotidianos y demás costos de venta. Lo más recomendable es comprarlo a nombre de una compañía.

Además, otro tema a poner en consideración antes de la compra de un inmueble en el país norteamericano es el valor y los tipos de tributos que se deben pagar.

El tema sucesorio también genera tributos. Específicamente, el Estado de Florida se puede quedar con hasta 30 % de una propiedad si no se hacen planes con anterioridad por eso se recomienda crear la sociedad o compañía.

¿Qué se debe hacer en caso de que un colombiano fallezca?

Según el abogado colombiano experto en derechos de sucesiones en Colombia y Estados Unidos, Cristhian Mancera Mejía, se deben seguir las siguientes recomendaciones si se tiene un bien en el exterior y no es ciudadano americano o residente permanente:

1. Asegúrese de tener una visa americana vigente en caso de que su familiar fallezca y usted se vea obligado a emigrar para adelantar los tramites de sucesión.

2. Asegúrese que su propiedad esté al día en impuestos.

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3. Tener un abogado de confianza en Colombia o EE. UU. que conozca la ley de sucesiones en ambos países y lo pueda guiar de forma efectiva.

La situación en Florida y California:

Para el caso de Florida, se debe tener preparado un plan patrimonial adecuado. La estructuración adecuada del patrimonio ayuda a agilizar el proceso de legalización y los costos e impuestos asociados cuando el domicilio pasa a la legalización o lo que se llama en inglés “probate”.

Es importante saber que ese plan patrimonial, que debe incluir un testamento, permita saber cómo se repartirán los bienes establecidos en Florida cuando la persona fallezca o ese familiar que posee los bienes lo haga. Eso ahorrará tiempo y gastos de sucesión.

Si tiene algún activo allí, es importante asegurarse de tener este plan redactado. Es posible que en otro país no califique según la ley de este estado. Para asegurarse de que el plan patrimonial esté completo, es importante consultar a un abogado experto en sucesiones en ley americana que conozca las legislaciones en cada estado, ya que estas cambian según la jurisdicción.

En California los ciudadanos extranjeros pueden poseer propiedades, según el Código Civil 671: “Cualquier persona, sea ciudadano o extranjero, puede tomar, poseer y disponer de bienes, muebles o inmuebles, dentro de este Estado.”

Sin embargo, cuando un difunto que no es ciudadano estadounidense no reside allá, un tribunal no tiene jurisdicción para designar a un representante, a menos que el difunto tenga propiedades, así lo establece el Código Testamentario de California 8005.

En otras palabras, si la propiedad está ubicada en este estado, los tribunales tienen jurisdicción exclusiva sobre esa propiedad.

Sin embargo, puede ser necesario un procedimiento primario para distribuir esos bienes a los herederos apropiados, generalmente de conformidad con las leyes del domicilio del difunto.

El estado puede someterlos a legalización para asegurar la correcta aprobación del título y proteger a los acreedores locales. Por lo tanto, es posible que se requiera una “administración secundaria”, que es una sucesión secundaria, si el difunto también dejó bienes en un estado o país que no sea su domicilio.

En síntesis, es clave no sólo en los estados mencionados si no en Estados Unidos tener todos los documentos al día, un plan patrimonial claro para seguir una vez a persona fallezca, y que, si se está en Colombia, tenga la visa vigente para poder viajar y adelantar el proceso ante una corte de sucesión.

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