Colombia | ¿Recargos dominicales, festivos y extras? Así quedaron con salario mínimo

Tras alza del salario mínimo en Colombia para 2023, otras cosas también se deben ajustar: los recargos dominicales, festivos y horas extras.

Recargos dominicales, salario mínimo Colombia 2023
Recargos dominicales, salario mínimo Colombia 2023. Imagen: Steve Buissinne en Pixabay
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Luego de conocerse cuál será el monto del salario mínimo en Colombia para 2023 -que aumentó 16 % a $1’160.000- hay varias cosas que también se deben ajustar con base en ese monto: recargos dominicales, festivos y horas extras.

Así las cosas, lo primero que debe saber una persona que devenga este salario es que el valor de un día de trabajo -dentro de una jornada ordinaria (ocho horas)- se incrementó hasta los $38.666 para 2023.

Lo que quiere decir que, primero, el subsidio de transporte no debe incluirse para hacer estos cálculos y, segundo, que teniendo en cuenta que se deben trabajar 48 horas a la semana, la hora quedó en $4.833.

Recargos por trabajar domingos y festivos

En el Código del Trabajo de Colombia se especifica que los trabajadores tienen derecho a remunerar más si la jornada laboral se lleva a cabo un domingo o festivo, gracias a unos recargos habilitados, especialmente, para estos días.

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Lo que quiere decir que en una jornada normal de ocho horas (de lunes a sábado) el salario sería de $38.666, pero si se trabaja un domingo o festivo se pagará el día común y corriente más un recargo de 75 % (es decir, un dinero adicional sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas).

Pasando esto a modo de ejemplo, si un trabajador gana $4.833 por hora (el salario mínimo) y trabaja uno de estos días en mención, se le tendrá que pagar 75 % más; o sea, $3.624 – que es lo que cuesta una hora trabajada en domingo o festivo-. Es decir que el pago sube a $8.457 por hora o a $67.656 por una jornada de ocho horas.

Más salario y se hacen horas extras

Los incrementos no paran solo si se trabaja un domingo o festivo, las horas extras que se hagan, valga la redundancia, adicionales a la jornada laboral ordinaria: también cuentan con un recargo.

Éste se paga diferente si la hora extra se hace dentro del horario considerado diurno -seis de la mañana a nueve de la noche- o nocturno -diez de la noche a cinco de la mañana-.

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Si la hora extra se hace en la jornada diurna el recargo deberá ser de un 25 %, pero si es en la nocturna el porcentaje asciende a un 75 %. Vale decir que esto aplica teniendo como base el valor de la hora laboral: $4.833.

Hay que tener en cuenta que si un empleado, por ejemplo, trabaja un domingo y hace horas extras nocturnas, las adiciones a su salario ordinario son acumulables.

En otras palabras, en una jornada normal se deberá sumar $1.208 a los $4.833 por cada hora extra diurna. Si la extra se hace un domingo o festivo se le adicionarán $3.624 de recargo; es decir, que una hora extra cumpliendo estas condiciones llega hasta los $9.665.

Si la jornada es nocturna, se deberá sumar $3.624 a los $4.833 por cada hora extra. Si es en un domingo o festivo se le adicionarán $3.624 de recargo; es decir, que una hora extra cumpliendo estas condiciones llega hasta los $12.081.

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