Coberturas del SOAT en 2023 aumentaron con el incremento del salario mínimo en Colombia

El SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), tiene como fin cubrir los costos que pueda causar un accidente de tránsito.

SOAT en Colombia registro grandes pérdidas
El SOAT en Colombia es indispensable para poder transitar. Foto: Valora Analitik.
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El SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), tiene como fin cubrir los costos que pueda causar un accidente de tránsito.

Este seguro no solo repara los daños causados al propietario del vehículo, sino que, ante un caso de accidentalidad, se vean beneficiados también los acompañantes, pasajeros y peatones involucrados.

El SOAT cubre también el traslado y movilización de las víctimas al centro de salud, los gastos médicos, farmacéuticos, hospitalarios (rehabilitaciones, prótesis) o quirúrgicos a que hubiere lugar, las indemnizaciones por incapacidad permanente y hasta gastos funerarios en caso de muerte (compensación a beneficiarios, exequias, entierro), independientemente de quien haya causado el accidente.

Dicho lo anterior, para este 2023 hubo algunos cambios en la cobertura del SOAT.

Cobertura del SOAT para 2023

Hay que tener en cuenta que la Superintendencia Financiera expidió la circular sobre el Decreto 2497 de 2022, emitido por el Gobierno nacional para regular las tarifas diferenciales a 14 categorías de vehículos.

Esto quiere decir que, al momento de adquirir el SOAT, este tendrá el 50% del costo vigente al 14 de diciembre de 2022.

De acuerdo con el Ministerio de Salud, “tratándose del rango diferencial por riesgo, los servicios de salud que superen los 300 salarios mínimos legales diarios vigentes y hasta 800 salarios mínimos legales diarios vigentes, serán reconocidos por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES- en los términos señalados por el literal b) del numeral 4 del artículo 199 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el numeral 7 del artículo 244 de la Ley 100 de 1993”.

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Lo anterior equivale a decir que en el caso de un accidente a cargo del SOAT se cubrirá el evento hasta los $11.600.000, pero su el evento supera los 300 salarios mínimos, el Adres cubrirá el accidente hasta los $30.934.000.

En relación con la cobertura, la medida señala que las cuantías correspondientes a los servicios de salud prestados a las víctimas de accidente de tránsito, de evento catastrófico de origen natural, de incidente terrorista o de otro evento aprobado, serán cubiertas por la compañía aseguradora del SOAT o por la administradora de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud

Cobertura por eventos

1. Por parte de la aseguradora, cuando los servicios se presten como

consecuencia de un accidente de tránsito en el cual el vehículo

involucrado se encuentre amparado con la póliza del SOAT en un valor

máximo 800 salarios mínimos legales diarios vigentes, al momento de la

ocurrencia del accidente de tránsito.

2. De igual forma será la aseguradora, para los servicios prestados como

consecuencia de un accidente de tránsito en el que el vehículo

involucrado se encuentre amparado con la póliza del SOAT en las

categorías precisadas por la norma.

3. En los casos de accidentes de tránsito en que hayan participado dos o más

vehículos asegurados, cada entidad aseguradora correrá con el importe de

las indemnizaciones a los ocupantes de aquél que tenga asegurado. En el

caso de terceros no ocupantes se podrá formular la reclamación a

cualquiera de las aseguradoras.

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4. Cuando en los accidentes de tránsito hayan participado dos o más

vehículos automotores y entre ellos haya asegurados y no asegurados o no

identificados, se procederá según lo previsto para el caso de vehículos

asegurados, pero el reconocimiento y pago de los servicios de salud,

indemnizaciones y gastos de los ocupantes del vehículo o vehículos no

asegurados o no identificados y el pago a los terceros, estará a cargo de la

Adres.

En complemento de lo anterior, la medida prevé que la Adres cubrirá los servicios prestados como consecuencia de un accidente de tránsito en el cual el vehículo involucrado no se encuentre identificado o no esté asegurado con el SOAT, en un valor máximo de 800 salarios mínimos legales diarios vigentes.

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