Se podrá ahorrar el 35 % del impuesto de renta a través de los fondos voluntarios de pensión

Los Fondos Voluntarios de Pensión se han convertido en un aliado estratégico de las organizaciones colombianas.

Cotizar a pensión desde el exterior
¿Se puede cotizar a pensión en Colombia si está fuera del país? Foto: tomada de @ freepik
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Los Fondos Voluntarios de Pensión se han convertido en un aliado estratégico de las organizaciones colombianas a la hora de retener talento y optimizar el pago de sus impuestos.

Conocidos también como planes empresariales o institucionales, las organizaciones pueden destinar por uno o varios colaboradores distintos montos, esta cuantía se podrá convertir en un ahorro tributario.

Actualmente, y bajo el marco tributario de 2023, las compañías pueden destinar por empleado hasta 3.800 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir $161.165.600.

Para el patrocinador, aportar esta cuantía a uno o varios colaboradores, podría representar un ahorro del 35 % del Impuesto de Renta para las organizaciones.

Lisandro López, asesor financiero y tributario de Accion Fiduciaria, asegura qué, con este aporte a nombre de los colaboradores, “las compañías se convierten en su aliado para ahorrar, pues mediante esto los colaboradores podrán aumentar su patrimonio pensional y/o facilitar la compra de vivienda”.

Aportes voluntarios de pensión exentos del gravamen a los movimientos financieros

Añadido a lo anterior, López ratifica que los aportes voluntarios a pensión están totalmente exentos del gravamen a los movimientos financieros, y que además no se tendrá que pagar impuesto de renta por los rendimientos obtenidos, si el retiro se hace cumpliendo uno de los siguientes requisitos:

  • Luego de transcurridos diez años.
  • Cuando se destinan para compra de vivienda.
  • Una vez se cumpla con los requisitos para pensionarse (en régimen público o privado).

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López, hace énfasis en que “en todo momento se debe tener en cuenta, según la Ley 100, las condiciones para salir apto como pensionado, pues en el régimen público se debe cumplir con edad y semanas, mientras que en el privado se tendrá que comprobar que se haya alcanzado un tope mínimo de ahorro”.

Es de mencionar que las compañías podrán llevar a cabo este tipo de aportes voluntarios a nombre de sus colaboradores de dos maneras: a través de nómina como bonificación y mediante plan empresarial condicionado.

En los casos en que se realice mediante nómina, el empleado tendrá que cancelar retención en la fuente y renta.

Si se realiza a través de un plan empresarial, este dinero no será parte de su patrimonio hasta que cumpla con las condiciones acordadas, y una vez pueda hacer uso del mismo, estará exento de renta siempre y cuando sea utilizado bajo las tres condiciones mencionadas anteriormente.

Esto se traduce en un incentivo para retener talento y aumentar la productividad, además que las compañías, tendrán una forma de disminuir impuestos.

López, hace énfasis en que estos Fondos Voluntarios no son únicamente para las organizaciones, pues cualquier persona puede comenzar este ahorro en el momento que lo desee, ya que, para abrir un encargo, solo se deberá cancelar el monto mínimo de inversión (apertura), y los aportes podrán variar mes a mes.

“Además estos fondos son una muy buena alternativa de ahorro e inversión para las personas que están comenzando su vida laboral, pues permiten acumular un capital que se podrá emplear para mejorar la calidad de vida, o para ser de gran sustento en la vejez”, añade López.

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