¿Puede Gustavo Petro proponer Constituyente sin pasar por el Congreso?

Colombia está a la espera para conocer qué pasará con la Asamblea Nacional Constituyente que propuso el presidente Gustavo Petro

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Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: Presidencia
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Colombia está a la espera para conocer qué pasará con la Asamblea Nacional Constituyente que propuso el presidente Gustavo Petro con la que busca modificar la Constitución de 1991.

Aunque inicialmente se creía que el mandatario hizo este llamado por sus reformas sociales, lo que dice Petro es que su Gobierno quiere modificar la Carta Magna para mejorar los sistemas de salud, pensión y empleo, y de ese modo evitar una crisis.

Pero, para poder sacar adelante la Constituyente debe pasar por el Congreso de la República ya que tanto el Senado como la Cámara de Representantes deben aprobar una ley para convocar a los colombianos a elecciones.

Una vez convocados, los colombianos son quienes deciden si el país debe o no acudir a este mecanismo democrático.

El tarjetón electoral deberá tener:

  • Opciones de voto ‘Sí’ y ‘No’ a la convocatoria
  • Listado de los temas que se tratarían en la Asamblea

Sin embargo, el presidente de Colombia no tiene un buen panorama en el Congreso ya que ahora tiene en contra a varios senadores que le hacen oposición, por lo que acudió a Juntas de Acción Comunal para hacer una ‘Constituyente Popular’.

Esta última propuesta busca que su idea no deba pasar inicialmente por el Congreso, sino que los colombianos hagan Constituyentes municipales y departamentales para ahí sí conformar una Constituyente popular.

¿Pero es posible sacar adelante una Constituyente sin que pase por el Congreso?

Valora Analitik consultó con Yann Basset, profesor de ciencias políticas en la Universidad del Rosario sobre la más reciente propuesta del jefe de Estado, la cual planea sacar adelante con las Juntas de Acción Comunal en el segundo semestre de 2024.

No es posible una Constituyente sin el aval del Congreso de la República. La Constitución del 91 define claramente el procedimiento para convocar a una Asamblea Constituyente y, por lo tanto, cualquier otro camino es anticonstitucional y se vería inmediatamente censurado por la Corte Constitucional, entonces no hay ninguna otra forma de convocarla”, aclaró Basset.

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De hecho, esa fue una gran diferencia con la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 ya que no estaba prevista esta figura en la Constitución de 1986 y por ello se pudo llevar a cabo.

Pero, desde que los procedimientos están establecidos en los artículos 374, 375 y 376 de la Constitución para llevar a cabo este proceso democrático se deben seguir al pie de la letra.

“Lo que dice Petro y sus partidarios -tratando de explicar que se trata de convocar a una deliberación del pueblo con asambleas locales- podría tener sentido como una etapa previa que desembocaría eventualmente sobre una convocatoria a una Constituyente siguiendo los procedimientos previstos por la Constitución”, añadió el experto.

Pero, eso sí, aclaró que el mensaje del mandatario puede interpretarse como un abuso del lenguaje, en cierta manera, al presentar su propuesta de esta manera (queriéndose saltar al Congreso).

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