Mesas técnicas sobre la UPC y el sistema de salud terminan con fuertes cuestionamientos a cálculos del Gobierno

Acemi expresó su expectativa de que el Ministerio cumpla con lo ordenado por la Corte Constitucional mediante el Auto 007.

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Luego de seis semanas culminaron las mesas técnicas que solicitó la Corte Constitucional para revisar el cálculo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), es decir, el monto que el Estado destina a las EPS por la atención de cada paciente.

Estas sesiones fueron establecidas luego de que la Corte declarara que la UPC fijada por el Gobierno para 2024 era insuficiente para cubrir los costos del sistema, lo que llevó al alto tribunal a ordenar a la cartera diseñar un mecanismo de reajuste aplicable tanto a 2024 como a 2025.

El proceso también estuvo acompañado por un llamado de la Procuraduría General de la Nación, que instó al Ministerio a entregar información clara y verificable sobre el cálculo de la UPC.

Aunque las mesas arrancaron el pasado el 20 de marzo, no estuvieron exentas de los reparos del ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, ante la decisión de las entidades de control: “La información de 15 EPS mostró un aumento del 27 % en registros y del 30 % en valores, cifras que no coincidían con los históricos. Además, las EPS del régimen subsidiado no entregaron datos suficientes”, señaló.

  

Las observaciones de Acemi a la UPC

Entre las principales observaciones, ACEMI advirtió sobre:

  1. Problemas en la calidad del reporte de información: La falta de estandarización y los criterios discrecionales aplicados han llevado a la eliminación de datos relevantes, afectando la calidad de los insumos para la formulación de la UPC.
  2. Deficiencias en la retroalimentación y asistencia técnica: La comunicación limitada entre el Ministerio y los reportantes impide mejorar la precisión de los datos y, por ende, del cálculo de la UPC.
  3. Necesidad de contrastar la información de todos los actores del sistema: Aunque las EPS son las responsables del reporte para la base de suficiencia, Acemi señaló que los prestadores de servicios de salud (IPS) también tienen la obligación de entregar datos de calidad. De hecho, propuso que los Registros Individuales de Prestación de Servicios (Rips) podrían ser una fuente alternativa, pese al rezago en sus reportes.
  4. Sesgos metodológicos del MSPS: Según el gremio, el Ministerio ha asumido posturas subjetivas frente a desviaciones estadísticas en lugar de analizarlas técnicamente, optando por eliminar datos y emitir juicios sobre los reportantes.
  5. Responsabilidad del MSPS como rector del sistema: ACEMI recordó que es deber del Ministerio garantizar un proceso de mejora continua en la calidad de la información y liderar un trabajo articulado con todos los actores.
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Ana María Vesga Presidente Ejecutiva de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral Foto: Acemi

Durante las sesiones, Acemi también presentó cifras que, según su análisis, evidencian la insuficiencia de la UPC en los últimos años. Entre ellas destacó:

  • Una subestimación de las frecuencias de atención desde la pandemia, influenciada por el aumento en la prevalencia de enfermedades crónicas, el envejecimiento poblacional y la inclusión de nuevas prestaciones en el Plan de Beneficios en Salud (PBS).
  • La ausencia de una metodología actuarial para el análisis de la severidad, reemplazada por una estimación basada en la inflación general.
  • Una subestimación de la inflación por parte del Ministerio entre 2021 y 2024, con una diferencia del 12,3 %, equivalente a un déficit acumulado de 10 billones de pesos.
  • Una siniestralidad creciente, que alcanzó el 109,5 % en 2024 según la Superintendencia Nacional de Salud, lo que implica que los costos superaron los ingresos en ese porcentaje.

Adicionalmente, se reveló que las EPS intervenidas por el gobierno no presentaron información financiera, a pesar de que esta es una obligación estatal, lo cual limita el panorama completo del sistema.

Finalmente, Acemi expresó su expectativa de que el Ministerio cumpla con lo ordenado por la Corte Constitucional mediante el Auto 007, realizando un análisis técnico y retrospectivo del cálculo de la UPC, y que las oportunidades de mejora identificadas en este proceso sirvan para ajustar la metodología.