Mintrabajo expide nueva resolución sobre incapacidades laborales en Colombia

La resolución aplica a todos los empleadores públicos y privados, trabajadores, prestadores de servicios de salud y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).

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El Ministerio del Trabajo de Colombia emitió la Resolución 1843 del 29 de abril de 2025, que introduce cambios significativos en la manera como se regulan las incapacidades laborales.

Esta nueva regulación busca proteger a los trabajadores, y exigir a los empleadores mayor rigurosidad y responsabilidad en el tratamiento de recomendaciones médicas, exámenes de ingreso, permanencia y retiro.

La resolución aplica a todos los empleadores públicos y privados, trabajadores, prestadores de servicios de salud y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).

Principales puntos de la Resolución sobre incapacidades laborales

En ese sentido La consultora Andrea Ortiz, a través de redes sociales, explicó los detalles clave del documento que consisten en lo siguiente:

·       Plazos claros para implementar recomendaciones médicas

Una de las novedades más relevantes es que los empleadores tendrán un máximo de 20 días calendario para cumplir con las recomendaciones médicas derivadas de valoraciones ocupacionales. Esto incluye adecuaciones de puesto, cambios de tarea o implementación de medidas de protección, especialmente cuando están dirigidas a prevenir recaídas o nuevas incapacidades.

Este punto busca evitar que los trabajadores retornen a labores sin que sus condiciones de salud hayan sido correctamente contempladas, lo que en el pasado ha generado numerosos conflictos e incluso tutelas.

·       Exámenes obligatorios de retorno al trabajo

A partir de ahora, todo trabajador que haya estado incapacitado por más de 30 días deberá someterse a un examen médico de retorno laboral. También aplica cuando un empleado ha estado ausente más de 90 días por motivos no médicos.

El objetivo de esta medida es verificar la aptitud del trabajador para reincorporarse y definir si necesita algún tipo de adaptación en su entorno laboral. La evaluación deberá ser realizada por un profesional en salud ocupacional o medicina del trabajo.

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Mintrabajo expide nueva resolución sobre incapacidades laborales en Colombia. Foto: tomada de Freepik

·       Prohibición de pruebas de embarazo y VIH como filtro laboral

La resolución prohíbe expresamente que se exijan pruebas de embarazo o de VIH para procesos de selección, ingreso o permanencia laboral, salvo en casos muy puntuales donde existan riesgos reales y documentados para la salud del trabajador o terceros.

Esta medida refuerza los derechos fundamentales a la intimidad y a la no discriminación y responde a recomendaciones internacionales sobre equidad laboral y salud reproductiva.

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·       Actualización periódica de exámenes médicos ocupacionales

Se establece que los trabajadores deberán someterse a exámenes médicos ocupacionales al menos cada tres años, aunque el profesional tratante podrá recomendar una frecuencia distinta según el tipo de actividad, los riesgos del cargo o el estado de salud del trabajador.

Estos exámenes deben permitir el seguimiento a enfermedades laborales, riesgos asociados al entorno y condiciones particulares que puedan incidir en la capacidad laboral.

·       Pruebas de alcohol y sustancias psicoactivas

Las pruebas de alcohol y sustancias psicoactivas también están contempladas, pero su aplicación se limita a casos justificados, por lo que serán permitidas en casos específicos, que sean para “acciones de prevención de accidentes de trabajo y enfermedad laboral”.

·       Responsabilidad económica del empleador

En caso de que un trabajador tenga que desplazarse fuera de su ciudad para una evaluación médica ocupacional, el empleador deberá cubrir los gastos de transporte, alojamiento y alimentación. Esta obligación aplica incluso cuando el examen es exigido por una aseguradora o una ARL.

Además, el diagnóstico de condiciones de salud de los trabajadores debe ser gratuito y entregado en diciembre de cada año.

¿Qué motivó este cambio?

En los últimos años, entidades como la Defensoría del Pueblo, la Corte Constitucional y varias agremiaciones médicas habían señalado vacíos en la regulación sobre el manejo de incapacidades prolongadas, el uso indebido de exámenes médicos y la falta de articulación entre IPS, empleadores y ARL.

Además, múltiples fallos judiciales han amparado a trabajadores que fueron despedidos sin justificación médica tras haber sufrido afecciones de salud, especialmente relacionadas con riesgos laborales.

Con esta resolución, el Ministerio del Trabajo busca responder a esas preocupaciones, actualizar la normativa y evitar litigios futuros, a la vez que promueve una cultura de prevención y salud en el entorno laboral.