Los trabajadores independientes en Colombia se verán impactados por cuenta de las nuevas disposiciones de la reforma pensional, que fue aprobada por el Congreso de la República y que empieza a aplicar desde el 1 de julio de este año.
Indica la norma avalada que, con las nuevas disposiciones, las personas que trabajan por cuenta propia deberán garantizar los aportes respectivos al sistema de protección social.
De esta manera, decía en su momento la exposición de motivos de la iniciativa, los trabajadores independientes en Colombia debían garantizar los pagos obligatorios a salud y pensión por cada una de las vinculaciones que tenían.
El decreto regulatorio de la reforma pensional, que publicó el Gobierno, indica que cuando se celebren contratos de prestación de servicios el contratante y el contratista podrán acordar que será responsabilidad del contratante realizar la cotización al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común.
Lo que cambia del pago a pensión para los trabajadores independientes en Colombia
“En este evento y, en virtud del principio de integralidad que rige el Sistema de Seguridad Social Integral, el contratante no solo será responsable de descontar de los honorarios del contratista”, en el momento de su pago al trabajador independiente en Colombia.
Ese pago debe corresponder al porcentaje de la cotización al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común y, además, los porcentajes de cotización correspondientes a los Sistemas Generales de Seguridad Social en Salud y de Riesgos Laborales.
“El contratante responderá por la totalidad de las cotizaciones a pensiones, salud y riesgos laborales, aún en el evento de que no hubiere efectuado el descuento al contratista”, dice la regulación.
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Finalmente, en caso de que no se acuerde que el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral con los trabajadores independientes en Colombia, “el contratista seguirá siendo el responsable de su propio pago”.