La doble pensión en Colombia, por mandato normativo, no debería ser concebida. Sin embargo, hay una serie de excepciones en las que se reconocen estos derechos.
Indica la normativa local que, en estos casos, las personas que opten por ese beneficio deberán presentar la documentación requerida y esperar, del fondo respectivo, el reconocimiento.

Dentro de la reforma que se tramitó a través del Congreso de la República, hay que tener presente, también se prohibieron los mecanismos para aprobar una doble pensión en Colombia.
Indica la norma vigente que hay, en el ámbito local, una serie de decisiones judiciales que han dictado línea sobre lo que debería pasar con los fondos ante estas solicitudes.

Doble pensión en Colombia por vejez y sobrevivientes
De acuerdo con la ley, una persona puede recibir su propia pensión de vejez o invalidez y, al mismo tiempo, una pensión de sobrevivientes reconocida por el fallecimiento de su cónyuge, compañero permanente o padre y madre.
Heredar dos pensiones
Un hijo, especialmente si es menor de edad o inválido, así como un cónyuge o compañero permanente, podría recibir dos pensiones de sobrevivientes si ambos padres (o cónyuges/compañeros) fallecen.

Doble pensión en Colombia por invalidez y pensión de Vejez:
Si una persona recibe una pensión de invalidez y, posteriormente, cumple los requisitos para acceder a una pensión de vejez, puede elegir la más favorable entre las dos.
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En caso de que sea aceptada la doble pensión en Colombia, el pago de las respectivas mesadas se hace directamente a las cuentas del titular del ahorro.