La reforma laboral aprobada por el Congreso de la República da cuenta de cambios para los pagos y condiciones contractuales de quienes tienen una empleada doméstica en Colombia, esto teniendo en cuenta también las obligaciones por compromisos de parafiscales.
Indica esta norma que todas las modificaciones que se avalen en el marco del nuevo código sustantivo del trabajo son de inmediata aplicación, con miras a seguir mejorando los indicadores de formalización.

Este apartado de la nueva norma se complementa con, entre otros, la necesidad de que en el país sea una obligación el uso de contratos para poder tener los servicios de una empleada doméstica en Colombia, contrato que debe garantizar los respectivos pagos por cesantías, vacaciones, entre otros.
Con esto de base, las empleadas domésticas que sean formalizados, mediante contrato de trabajo, podrán mantener su afiliación al régimen subsidiado de salud como mecanismo de protección social.

Lo que viene para el pago de las empleadas domésticas en Colombia
Lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 242 de la Ley 1955 de 2019 o las normas que la sustituyan o complementen, y sus empleadores deberán, en todo caso, realizar las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social a tiempos parciales.
Aclara la nueva ley que este derecho para una empleada doméstica en Colombia se aprueba sin detrimento para “que puedan transitar a realizar cotizaciones plenas derivadas de contratos de trabajo a término fijo e indefinido”.
Finalmente, dentro de la reforma laboral quedó también establecido que las empleadas domésticas tendrán derecho a los pagos por el recargo de horas de más trabajadas en la noche o cuando haya lugar a trabajo hecho en días de descanso y festivos.

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Ha mencionado el gobierno Petro que implementará la función de inspectores que permitan establecer el correcto cumplimiento de lo aprobado por el Congreso de la República.