Licencia de conducción en Colombia: ¿cuál es la edad máxima para renovarla?

La legislación contempla cambios en la frecuencia de renovación de la licencia a medida que el conductor envejece.

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En Colombia, la licencia de conducción es un documento indispensable para poder manejar cualquier tipo de vehículo en el país y, como ocurre con otros trámites, tiene una vigencia limitada que obliga a los conductores a renovarla periódicamente.

En 2025, miles de colombianos deben estar atentos a este proceso, pues conducir con la licencia vencida puede generar multas, la inmovilización del vehículo y la imposibilidad de realizar trámites relacionados con tránsito. Una de las dudas más comunes, especialmente entre la población de mayor edad, es si existe un límite legal que impida renovar la licencia a partir de cierta edad.

Esto dice la Ley sobre la renovación de la licencia de conducción

La normativa vigente establece que no existe una edad máxima para conducir en Colombia, es decir, una persona de cualquier edad puede seguir manejando siempre que cumpla con los requisitos exigidos por la ley.

Sin embargo, la legislación sí contempla cambios en la frecuencia de renovación de la licencia a medida que el conductor envejece, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y que quienes están al volante conserven sus capacidades físicas, mentales y motrices. Esto se regula principalmente a través del Decreto 019 de 2012 y otras disposiciones expedidas por el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Licencia de conducción en Colombia
Licencia de conducción. Foto: archivo Valora Analitik

En ese sentido, las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de:

  • 10 años, para conductores menores de 60 años
  • 5 años, para personas entre 60 años y 80 años  
  • 1 año, para mayores de 80 años

De acuerdo con lo anterior, es importante aclarar que, aunque la ley no establece una edad límite que impida renovar, el proceso no es automático. Cada vez que se solicita la renovación, el conductor debe presentar un examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado. Estos exámenes evalúan la visión, audición, reflejos, coordinación y otras capacidades fundamentales para conducir.

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Si el resultado indica que la persona no cuenta con las condiciones necesarias para manejar de forma segura, la autoridad de tránsito puede negar la renovación, sin importar la edad del solicitante.

Esto significa que, por ejemplo, un conductor de 85 años puede seguir manejando legalmente, pero debe someterse a exámenes médicos anuales y demostrar que conserva las aptitudes requeridas. Por el contrario, una persona de 40 años que presente una condición física o mental que afecte su capacidad para conducir podría no obtener la renovación, incluso estando lejos de los 60 años. Así, la edad por sí sola no es el factor determinante, sino el estado de salud y las capacidades evaluadas.

Además, para poder renovar la licencia, el conductor debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), no tener multas o comparendos pendientes y presentar los documentos exigidos por la autoridad local. En ciudades como Bogotá, Medellín o Cali, las Secretarías de Movilidad han implementado plataformas digitales para agendar citas y agilizar el trámite, aunque el examen médico sigue siendo presencial.