La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) de Bogotá encendió las alertas tributarias para propietarios de inmuebles y vehículos ante la inminente expiración de los plazos con descuento por pronto pago del impuesto predial y del impuesto vehicular, dos tributos que sostienen parte del gasto público distrital y determinan cargas fiscales directas para contribuyentes en 2026.
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El cumplimiento oportuno no solo evita sanciones y recargos, sino que también garantiza la correcta financiación de proyectos de infraestructura, salud, educación y servicios esenciales en la capital.
Para quienes están pendientes del proceso, la SDH ha habilitado canales tanto virtuales como presenciales, facilitando la declaración y el pago sin intermediarios ni costos adicionales, y reduciendo riesgos de fraude.
¿Quiénes deben pagar el impuesto vehicular y el predial?
El impuesto predial unificado es el tributo que “todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en el Distrito Capital”. Esto incluye casas, apartamentos, locales comerciales y otros predios urbanos o rurales situados en Bogotá.

Por su parte, el impuesto sobre vehículos automotores recae anualmente “sobre la propiedad o posesión de los vehículos gravados que se encuentren matriculados en el Distrito Capital de Bogotá”, y lo pagan tanto propietarios como poseedores de dichos vehículos.
Ambos tributos son administrados por la SDH, cuyo objetivo es gestionar recursos para cumplir con las metas del Plan de Desarrollo Distrital bajo sostenibilidad fiscal.
¿Cómo se calcula lo que se paga en impuesto predial y vehicular?
El valor del impuesto predial se basa en el avalúo catastral del predio, que es la tasación oficial del bien inmueble producida por el catastro urbano (que para la capital administra la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, responsable de fijar y actualizar estos valores). El avalúo catastral no necesariamente coincide con el valor comercial de mercado, pero sirve de base para la liquidación del tributo.
En el caso del impuesto vehicular, la base gravable suele derivarse del valor comercial del vehículo según tablas oficiales, que considera modelo, cilindraje y, en algunos casos, antigüedad del automotor.
Plazos para obtener beneficios fiscales al pagar los impuestos predial y vehicular
El calendario tributario vigente propone fechas clave que pueden significar descuento del 10% o cero descuento si se supera el plazo:
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Impuesto predial:
- Descuento del 10% hasta el 17 de abril de 2026.
- Hasta 10 de julio de 2026 sin descuento.
- Opción de pago en cuatro cuotas iguales sin intereses bajo el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), con declaración inicial hasta el 8 de mayo.
Impuesto vehicular
- Descuento de 10% hasta el 15 de mayo de 2026.
- Límite sin descuento 24 de julio de 2026.
- Opción de pagar en dos cuotas sin intereses con SPAC, declaración inicial hasta el 12 de junio.

Estos plazos implican que, por ejemplo, un contribuyente que no pague antes del descuento perderá automáticamente ese beneficio fiscal y se expondrá a sanciones tales como intereses de mora, que pueden acumularse y encarecer significativamente el costo total del tributo.
Canales oficiales para pagar los impuestos y evitar fraudes
La SDH ha enfatizado que los pagos deben realizarse exclusivamente a través de canales oficiales, que son gratuitos y no requieren intermediarios para evitar fraudes o cobros adicionales indebidos.
Canales virtuales
- A través de Canal Virtual SDH puedes consultar, declarar y pagar los impuestos sin desplazarte.
https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/canal-virtual
- La plataforma Pagos Bogotá centraliza pagos tributarios y no tributarios, incluyendo predial y vehiculares, con múltiples formas de pago en línea.
https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/pagos-bogota
Puntos de atención presencial
Además del canal virtual, la SDH atiende de forma física en diversas sedes para quienes prefieren asistencia personal:
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- Puntos de Atención Especializada SDH:
- Carrera 19 N.° 114-65 Local 3
- Carrera 71D N.° 6-94 Sur, Centro Comercial Plaza de Las Américas, locales 1132 y 1134
- Red CADE Bogotá:
- 20 de Julio: Carrera 5A N.° 30C-20 Sur
- Américas: Avenida Carrera 86 N.° 43-55 Sur
- CAD: Carrera 30 N.° 25-90, torre B
- Suba: Calle 145 N.° 103B-90
- Bosa: Calle 57R Sur N.° 72D-12
- Manitas: Carrera 18L N.° 70B-50 Sur
- Calle 13: Avenida Calle 13 N.° 37-35
- Engativá: Trasversal 113B N.° 66-54
(Horarios varían entre sedes y días, típicamente entre 7:00 a. m. y 6:00 p. m.)




