Gloria Arizabaleta, presidenta de la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, tiene listo un documento con el cual busca suspender provisionalmente a Gustavo Petro del cargo de presidente por su presunta intervención en política en las elecciones de 2026.
En el documento, la congresista propone que el jefe de Estado se separe de sus funciones desde que sea emitido el auto y hasta las 4 p.m. del próximo 21 de junio, es decir, cuando se cierren las urnas de la segunda vuelta presidencial.
Se trata de un borrador de auto que tendrá que discutirse con todos los miembros de la Comisión de Acusación antes de que eventualmente entre en vigor.

De acuerdo con la Constitución de Colombia, para que un presidente en ejercicio sea suspendido del cargo, dicha comisión debe, primero, votar a favor de la medida para luego pasar a otros trámites dentro del mismo Congreso.
Así lo dijo la senadora Angélica Lozano: “Tendría que ser votada por la comisión, pasar a plenaria de la Cámara de Representantes, luego a comisión de instrucción de cinco senadores abogados y su proyecto de decisión se somete a votación de plenaria del Senado”.
¿Por qué la presidenta de la Comisión de Acusación busca suspender a Petro del cargo?
La congresista Arizabaleta reconoce en el borrador que un mandatario solo puede ser suspendido tras una acusación formal de la Cámara de Representantes que haya sido admitida públicamente por el Senado, como se mencionó previamente.
No obstante, argumenta en el texto que esta suspensión no equivaldría a un juicio de responsabilidad ni a una sanción anticipada, sino que operaría como una medida cautelar y transitoria.
El documento señala como un «serio elemento de juicio» la difusión reiterada de mensajes de Petro a través de la cuenta oficial de X, en los cuales se ha hecho alusión directa a candidatos y a las campañas de la contienda actual, presuntamente violando el principio de neutralidad de los servidores públicos a solo días de que el país acuda a las urnas el 21 de junio.
Ante esta situación, el representante Hernán Cadavid, quien también hace parte de la Comisión de Acusación de la Cámara, dijo en 6AM W que una vez sea radicado este proyecto, tiene que pasar por decisión mayoritaria de la comisión.
“Los miembros no actúan en decisiones de fondo por cuenta propia; se conforma un cuerpo colegiado que, al final del día, tendrá que tomar una decisión en mayoría. Antes, de manera autónoma, nadie puede tomar una decisión en ningún sentido”, afirmó.
En tanto, el ministro del Interior, Armando Benedetti, agregó que, en derecho, no existe que la Comisión de Acusación pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción.
“Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante”, anotó.




