El 25 de junio de 2026 se conoció que la Corte de Alberta, en Canadá, otorgó el aval para que Canacol suspendiera sus contratos de suministro de gas en Colombia. Lo anterior es relevante porque esta es la compañía privada más importante para el suministro del energético en el país y la medida podría afectar la oferta para el sector industrial.
Canacol manifestó que, pese a este suceso, su objetivo es continuar entregando gas a sus clientes. Sin embargo, dijo que esto dependerá de la disponibilidad del energético y de que los esquemas contractuales “sean viables”. Agregó que, tras la decisión de la Corte, su capacidad para suministrar gas dependerá de la disposición de las contrapartes en el mercado no regulado, es decir, el sector industrial, así como de las contrapartes en sus contratos de transporte, con la finalidad de llegar a acuerdos reestructurados.

“La Corte reconoció que la reestructuración tiene como objetivo preservar y eventualmente aumentar la producción de gas de Canacol en Colombia, y que no reestructurar implicaría un riesgo significativamente mayor para el suministro de gas en el país”, indicó.
Según la empresa, la Corte habría señalado que un acuerdo era preferible a una decisión judicial. Sin embargo, las conversaciones entre Canacol y sus contrapartes no tuvieron éxito. La compañía buscará que la Superintendencia de Sociedades reconozca la decisión adoptada por el tribunal canadiense y señaló que seguirá promoviendo una solución con sus contrapartes.
Cabe mencionar que, tras la aceptación por parte del Tribunal de Alberta para que Canacol suspenda sus contratos de gas en el país, la decisión final quedará en manos de las autoridades colombianas, especialmente de la Superintendencia de Sociedades. Colombia se rige por sus propias normas y será esta entidad, con apoyo del Ministerio de Minas y Energía, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), entre otras, la que decidirá si la medida se implementa o no en el país.

La compañía agregó que la terminación de sus contratos de suministro no afectará al mercado regulado, es decir, a los usuarios residenciales.
“La Corte reconoció la intención de Canacol de proteger a estos consumidores, exigiendo que las órdenes de terminación sean ajustadas para garantizar la continuidad de los precios vigentes para las contrapartes que atienden dicho mercado”, concluyó la empresa.



