Se vence plazo para que ciudadanos hagan traslado de fondos privados a Colpensiones: deben cumplir con trámite clave

Las personas que quieran hacer el cambio de régimen pensional deberán tener en cuenta requisitos clave.

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Antes de tomar una decisión sobre el cambio de régimen pensional, miles de trabajadores en Colombia deberán tener en cuenta que este 16 de julio vence el plazo establecido para realizar el traslado entre el régimen privado y Colpensiones, a través de la denominada ventana de oportunidad, un mecanismo creado por la reforma pensional.

Esta medida permite que las personas que están próximas a cumplir los requisitos para pensionarse puedan cambiar de administradora, siempre que cumplan con las condiciones de edad, semanas cotizadas y tiempo restante para alcanzar la edad de jubilación.

Aunque la Corte Constitucional continúa estudiando la constitucionalidad de la reforma pensional, el alto tribunal mantuvo vigente esta disposición mientras adopta una decisión de fondo. En consecuencia, el beneficio permanece habilitado dentro de los plazos fijados por la ley.

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Pensiones en Colpensiones. Foto: Sebastián Londoño / Valora Analitik

¿Quiénes pueden acceder a la ventana de oportunidad para cambiar de régimen pensional?

La posibilidad de trasladarse entre Colpensiones y un fondo privado está dirigida exclusivamente a las personas que se encuentran cerca de cumplir la edad de pensión y que reúnen los requisitos establecidos en la reforma pensional.

En el caso de los hombres, podrán acceder quienes tengan 52 años o más, acrediten alrededor de 900 semanas cotizadas o más y se encuentren a menos de diez años de cumplir la edad de pensión.

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Para las mujeres, el beneficio aplica a quienes tengan 47 años o más, registren 750 semanas cotizadas o más y, al igual que los hombres, estén a menos de diez años de alcanzar la edad de jubilación.

Uno de los requisitos obligatorios para realizar el traslado es cumplir con el proceso de doble asesoría, contemplado en la Ley 1748 de 2014. Este procedimiento busca que los afiliados reciban información suficiente y objetiva sobre las implicaciones de cambiar de régimen pensional antes de tomar una decisión.

Durante esta etapa, el trabajador recibe asesoría tanto de la administradora en la que actualmente cotiza como de aquella a la que pretende trasladarse. El servicio es completamente gratuito y se desarrolla mediante citas programadas por Colpensiones o por el respectivo fondo privado de pensiones.

Una vez finalizada la doble asesoría y tomada la decisión, el afiliado deberá presentar formalmente la solicitud de traslado ante la administradora que haya elegido. El proceso puede realizarse para ingresar a Colpensiones o a cualquiera de los fondos privados autorizados para operar en Colombia.

La denominada ventana de oportunidad fue creada mediante el artículo 76 de la reforma pensional, que otorgó un plazo de dos años, contados desde la promulgación de la ley, para que los afiliados que cumplen los requisitos pudieran ejercer este derecho de manera excepcional.

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