Recibo del agua llegará más barato para estos ciudadanos: Decreto les da este subsidio

El beneficio está dirigido a los hogares de estratos 1, 2 y 3. Su propósito es aliviar temporalmente los gastos de los servicios públicos.

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El Gobierno De la Espriella estableció un mecanismo de alivio económico para los hogares afectados por el terremoto. La medida quedó consignada en el Decreto 1493 del 6 de octubre de 2026, que define las condiciones para reducir temporalmente el valor de las facturas de acueducto, alcantarillado y aseo.

El beneficio está dirigido a los hogares de estratos 1, 2 y 3 que hayan sufrido daños o pérdidas como consecuencia del movimiento sísmico. Su propósito es aliviar temporalmente los gastos de los servicios públicos de las familias damnificadas en los municipios incluidos en la emergencia.

¿Quiénes pueden acceder a los descuentos en los servicios públicos?

Para acceder al beneficio, los hogares deben cumplir dos requisitos principales. El primero es estar inscritos en el Registro Único de Damnificados (RUD), instrumento utilizado para identificar a las personas afectadas por el desastre.

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El segundo requisito consiste en verificar las condiciones de conexión de los servicios públicos en el inmueble. Esta evaluación permite determinar si la vivienda cumple los criterios establecidos para recibir la reducción en la factura.

Por su parte, el Ministerio de Vivienda será responsable de definir las zonas en las que se aplicará la medida, los porcentajes de descuento y los periodos de vigencia, de acuerdo con las disposiciones del decreto.

¿Cómo se aplicarán los descuentos en las facturas?

La reducción se calculará de manera diferente según el servicio público. En acueducto y alcantarillado, el beneficio cubrirá el cargo fijo y el consumo básico o de subsistencia. En el caso del aseo, se aplicará sobre el valor del subsidio correspondiente a la tarifa.

La normativa también establece un límite para la acumulación de ayudas. La suma de los subsidios vigentes y el nuevo beneficio no podrá superar el 100 % del valor facturado en el periodo correspondiente.

Asimismo, el descuento no cubrirá el consumo complementario, las deudas de facturas anteriores, los intereses, las sanciones por mora ni las obligaciones derivadas de acuerdos de pago o financiación.

¿Durante cuánto tiempo se aplicará el alivio económico?

El decreto contempla que el beneficio se aplique durante un máximo de seis facturas para los usuarios con cobro mensual. En los casos de facturación bimestral, la reducción podrá extenderse hasta tres recibos.

De esta manera, los hogares que cumplan los requisitos podrán recibir el alivio durante un periodo equivalente a seis meses de facturación. Su aplicación dependerá de las condiciones y los plazos que se establezcan para cada territorio.