CDT digital de La Hipotecaria: devuelve el cobro del 4×1000 con importante rentabilidad

Estos son los beneficios que ofrece l CDT digital de La Hipotecaria

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La Hipotecaria, compañía de financiamiento, anunció una iniciativa para devolver a sus clientes el valor correspondiente al impuesto del 4×1.000 (Gravamen a los Movimientos Financieros, GMF) en el CDT digital.

“Un CDT digital es un instrumento financiero de inversión o título valor expedido por La Hipotecaria Compañía de Financiamiento S.A, a nombre de un cliente, (persona natural), que incorpora el derecho a recibir rendimientos en pesos colombianos, a una tasa de interés fija pactada desde el inicio de la inversión”, explica la empresa.

¿En cuánto está la rentabilidad del CDT digital de La Hipotecaria?

Así las cosas, estas son las rentabilidades que ofrece el CDT digital de acuerdo con los plazos:

  • 180 días (6 meses): 10 % E.A.
  • 270 días (9meses): 10,25 % E.A.
  • 360 días (12 meses): 10,5 %

En cuanto a los beneficios que ofrece este producto, se encuentran:

  • Al abrir el CDT digital, le reintegran el valor del 4 X1000 de la inversión inicial, aumentando el valor del CDT.
  • Depósitos asegurados por Fogafin
  • Experiencia 100 % digital
  • Traslado de forma segura
CDT digital de La Hipotecaria: devuelve el cobro del 4x1000 con importante rentabilidad
CDT digital de La Hipotecaria: devuelve el cobro del 4×1000 con importante rentabilidad

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Requisitos para solicitar el CDT digital

Finalmente, estos son los requisitos para la apertura de un CDT digital para una persona natural:

  • Foto del documento de identidad personal (cédula).
  • Independiente: declaración de renta del último año gravable (si aplica) o declaración de ingresos.
  • Dependiente: soportes de origen de los fondos que estás invirtiendo o documentación de soporte de ingresos de la persona que va estar como titular. Estado de cuenta bancario con movimientos y saldos de al menos los últimos 6 meses.
  • Certificación bancaria: cuenta a su nombre donde consignarán sus intereses y capital.
  • Asalariado: carta laboral, o certificado de ingresos y retenciones vigentes, o los desprendibles de nómina del último mes, o declaración de renta.
  • Pensionado: desprendibles de pago o resolución pensional.
  • Rentista de capital: certificado de tradición de los inmuebles que posees, o contratos de arrendamiento, o promesas de compraventa, o declaración de renta del último año gravable.