La ventana de traslados desde fondos privados a Colpensiones, y viceversa, fue avalada por la reforma pensional y, a pesar de que el documento sigue en estudio a manos de la Corte Constitucional, el cambio aplica pues era una orden previa del alto tribunal.
En recientes días, los fondos privados y el gobierno Petro chocaron por el manejo de los ahorros de los trabajadores que, en el marco de la ley aprobada, decidieron hacer uso del cambio de sistema.

Colpensiones, que es el fondo al que la mayoría de trabajadores pasarían desde administradoras privadas, sentenció cuáles son los requisitos, inamovibles, que deben cumplirse para hacer efectivo ese traslado.
Son tres principales las obligaciones, por lo que para ser un pensionado del fondo público se deben certificar los tres casos que impuso la ley aprobada y que sigue sin ser puesta en marcha, en su gran mayoría.
¿Qué requisitos exige Colpensiones para quienes buscan trasladarse?
- Mujeres: 47 años o más
- Hombres: 52 años o más
- Realizar la doble asesoría obligatoria
Sobre el último requisito, Colpensiones recuerda que es fundamental pues es la vara que mide que se le entregara la información concreta al cotizante, con base en su historia laboral, para establecer cuál sería la mejor opción para jubilarse.

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Hay que recordar que esta ventana solamente se habilitará hasta julio de este año, después de ese plazo los trabajadores deberán permanecer en el fondo en el que están, salvo que cumplan el requisito de edad que permite el traslado antes de estar a 10 años de cumplir la edad de jubilación.




