La Alcaldía de Bogotá dio a conocer el decreto 084 con el que se dictan disposiciones para la implementación de un plan piloto para la reactivación de establecimientos y locales comerciales que operan como bares en la capital.
Es así como se dictan medidas para la comercialización y consumo de bebidas embriagantes dentro de esos lugares, actividad que estuvo restringida en los últimos meses por la emergencia sanitaria de la Covid-19.
El decreto determina que aquellos locales que sean autorizados podrán vender licor solo los días jueves, viernes y sábados.
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Sin embargo, esa disposición solo estará habilitada en horarios específicos: entre las diez de la mañana (10:00 a.m.) y la medianoche (12:00 a.m.).
Los permisos obedecerán a la “distribución geográfica equitativa entre las diferentes localidades”, dice el documento.
Para comenzar este proceso la Alcaldía de Bogotá desarrollará un plan piloto. Los bares que deseen participar deberán realizar una inscripción ante la autoridad distrital.
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En esta deben adjuntar los protocolos de bioseguridad que aplicarán en el establecimiento para la venta y consumo de bebidas alcohólicas.
Finalmente, el decreto indicó que se aplicarán sanciones si se incumplen las medidas determinadas por la Alcaldía para el consumo de licor en bares.