En la actualidad, muchas personas toman la decisión de trabajar como independientes con el fin de poder emprender su negocio.
En esos casos, es importante que los trabajadores independientes tengan en cuenta que deben aportar a seguridad social, al igual que los trabajadores dependientes, que, según la ley 1955 de 2019 artículo 244, debe cotizar a este rubro sobre 40 % de los ingresos mensuales.
Los aportes a seguridad social se realizan a través de la planilla electrónica de aportes a la seguridad social (PILA). De igual manera, también deberá afiliarse como independiente, tanto en el fondo de pensiones como en la EPS o ARL de su elección.
¿Cuánto debe aportar a seguridad social un trabajador independiente?
Un trabajador independiente debe aportar a seguridad social de la siguiente manera:
- 12,5 % para salud: este aporte se destina al sistema general de seguridad social en salud (SGSSS), que cubre los servicios de salud, maternidad, riesgos laborales y enfermedades catastróficas.
- 16 % para pensión: este aporte se destina al sistema general de pensiones, que garantiza una mesada pensional a los trabajadores en edad de retiro.
El cálculo de los aportes a seguridad social para trabajadores independientes se realiza sobre el 40 % de los ingresos mensuales. Entonces, con un contrato de $4.000.000, el aporte sería de $1.600.000 y sobre este valor que se aplican los porcentajes respectivos de salud, pensión y ARL.
¿Cómo debe aportar a seguridad social?
Para aportar a seguridad social como independiente, debe seguir estos pasos:
- Afiliarse a una administradora de pensiones (AFP) y a una administradora de riesgos laborales (ARL). Puede elegir la AFP y la ARL que más le convenga, según sus necesidades y preferencias.
- Generar la planilla electrónica de aportes a la seguridad social (PILA). Puede hacerlo a través de la página web de la AFP o de la ARL a la que se encuentres afiliado.
- Pagar los aportes a seguridad social. Puede realizar el pago de forma electrónica o física, a través de cualquiera de los operadores de información autorizados.
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¿Cómo Afiliarse a una AFP y a una ARL?
Para afiliarse a una AFP y a una ARL de su preferencia, debe presentar la siguiente documentación:
- Cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad.
- Registro único tributario (RUT).
- Certificado de afiliación al sistema general de salud.
- Si está afiliado a una EPS, puede solicitar a la EPS que le emita un certificado de afiliación.
- Genera la PILA
Para generar la PILA, debe ingresar a la página web de la AFP o de la ARL a la que se encuentre afiliado. En la página web, encontrará un formulario que debe diligenciar con la información de sus ingresos y de su afiliación a la EPS.
Una vez que haya diligenciado el formulario, la AFP o la ARL generará la PILA.
¿Cuándo debe pagar un trabajador independiente?
El pago de los aportes a seguridad social debe realizarse mensualmente, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al que se devengan los ingresos.
Así mismo, las fechas límites de pago dependen de los dos últimos dígitos del documento de identificación.
Dos últimos dígitos del documento | Máximo día hábil de pago |
00 al 07 | 2° Día hábil |
08 al 14 | 3° Día hábil |
15 al 21 | 4° Día hábil |
22 al 28 | 5° Día hábil |
29 al 35 | 6° Día hábil |
36 al 42 | 7° Día hábil |
43 al 49 | 8° Día hábil |
50 al 56 | 9° Día hábil |
57 al 63 | 10° Día hábil |
64 al 69 | 11° Día hábil |
70 al 75 | 12° Día hábil |
76 al 81 | 13° Día hábil |
82 al 87 | 14° Día hábil |
88 al 93 | 15° Día hábil |
94 al 99 | 16° Día hábil |
¿Qué beneficios se obtienen al aportar a seguridad social?
Los trabajadores independientes que aportan a seguridad social tienen derecho a los siguientes beneficios:
- Atención médica y servicios de salud.
- Protección en caso de maternidad, paternidad, riesgos laborales y enfermedades catastróficas.
- Pensión en edad de retiro.
- Aportar a seguridad social es una obligación de los trabajadores independientes, pero también es una inversión en su futuro y en el futuro de su familia.