Tras conocerse informaciones y comentarios por parte del ex superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, en los que se hacían precisiones equívocas de la sentencia C-165 de 2019 respecto a los límites para entidades como las superintendencias, la Corte Constitucional, presidida por Gloria Stella Ortiz, respondió a este tema y se refirió al tema y las inspecciones realizadas por esta entidad.
A su vez, la SIC, liderada actualmente por Andrés Barreto, emitió un comunicado reciente en el que reafirmaba su autoridad para la inspección, vigilancia y control y por lo tanto su competencia para realizar inspecciones sorpresa. Por tal motivo, esta respuesta del Alto Tribunal en Colombia es histórica pues rectifica por primera vez a una entidad de este tipo.
La presidenta de la Corte Constitucional afirmó que “son falsas las afirmaciones acerca de una presunta disconformidad entre lo explicado en la rueda de prensa del pasado 10 de abril de 2019 y el texto de la sentencia mencionada. Por el contrario, revisadas ambas actuaciones y a partir de su interpretación armónica, se llega a la inequívoca conclusión que ambas guardan unidad de sentido, esto es, que las normas legales que establecen facultades de registro y revisión de documentos por parte de las superintendencias de Sociedades e Industria y Comercio (SIC), en ejercicio de sus funciones, no se oponen a la Constitución”.
De este modo, también se señala que la SIC puede hacer inspecciones, pero tiene límites cuando se trata de adquirir información privada de las empresas que investiga, dado que en esos casos se requiere de una orden judicial.
Respecto a esta situación, el abogado Jaime Lombana explicó que con esto se desmienten los comentarios que en su momento publicó Robledo y que tiene la Corte Constitucional que corregir mediante este comunicado, “que indujo en error a los medios de comunicación. Es asombroso que un ex funcionario llegue a ese nivel de distanciamiento con la verdad”, aseveró.
A su vez, Ortiz concluyó que “la presidencia de la Corte deplora que personas, amparadas en el ejercicio legítimo de su derecho a opinar, formulen acusaciones que distorsionan la realidad y que, sin contar con ninguna prueba para ello, ponen en cuestión la legitimidad y el obrar de esta Corporación”.
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