Corte salva impuesto adicional a energías renovables creado en Plan de Desarrollo de Petro

El alto tribunal evidenció que la contribución tiene "relación con los objetivos generales, las metas y las estrategias de la ley del plan".

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La Corte Constitucional salvó el impuesto adicional a energías renovables creado en el Plan de Desarrollo (PND) del presidente Gustavo Petro, luego de estudiar una demanda que buscaba tumbar buena parte de esa ley.

Un comunicado del alto tribunal confirmó que entre los puntos clave a los que se les dio luz verde estuvo la contribución a cargo de empresas generadoras, que generó fuertes polémicas durante los debates del proyecto.

Impuesto adicional a las energías renovables

Sobre este punto, la Sala Plena concluyó que no se vulneró el principio de unidad de materia. “Sí hay conexidad directa e inmediata, estrecha y verificable entre la disposición demandada y los componentes de la parte general del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, ‘Colombia Potencia Mundial de la Vida’”, dijo.

Y agregó: “Incluso, evidenció dicha relación con los objetivos generales, las metas y las estrategias de la ley del plan, las bases del PND y el Plan Plurianual de Inversiones 2023-2026”.

La Corte Constitucional también constató que el impuesto adicional a las energías renovablestiene un fin planificador y de impulso a la ejecución del plan cuatrienal”.

En plata blanca, esto quiere decir que es una herramienta clave para instrumentalizar la política pública de transición energética propuesta por el gobierno Petro.

Pero también que se trata de un “mecanismo idóneo” para su ejecución, dadas las líneas de inversión previstas en el plan nacional de inversiones.

Días sin IVA
La Corte Constitucional estudió las objeciones del presidente Gustavo Petro al proyecto de ley. Imagen: Revista Sur.

En últimas, el alto tribunal afirmó que la iniciativa “no se emplea para llenar vacíos e inconsistencias de la norma que modifica, por cuanto configura una fuente de recursos nueva con destinación y beneficiarios específicos”.

Así las cosas, la Corte Constitucional salvó el impuesto adicional a las energías renovables, que inicialmente se fijó en 1 % pero cuya tarifa incrementará gradualmente de aquí al 2028 hasta llegar al 6 %.

Según la ley del PND, este se aplicará a plantas solares nuevas que aún no se encuentren en operación y que estén localizadas en áreas con la mayor radiación promedio anual (mayores a 5 kWh/m2/día) y de mayor velocidad promedio de viento (mayores a 4 m/s a 10 m de altura).

En tanto, para aquellas que ya estén en operación o ya tienen obligaciones asignadas, la cifra subirá hasta el 4 % de aquí al 2027.

Más de 100 artículos que siguen vivos del PND de Petro

En su comunicado, la Corte Constitucional también salvó otros más de 100 artículos del Plan de Desarrollo de Petro que habían sido demandados por la presunta elusión del debate en el Congreso.

Los magistrados no aceptaron este argumento e indicaron que las votaciones en bloque de dos grupos de artículos durante los debates en el Congreso no tuvieron vicios de procedimiento.

Miembros del gobierno Petro y el Congreso durante la discusión del Plan de Desarrollo
El plan de Desarrollo del presidente Petro se aprobó en 2023. Foto: DNP

Para sustentar esta decisión, la Corte señaló que “existieron dos oportunidades para deliberar sobre las proposiciones analizadas” y que la votación en bloque de las proposiciones “no obedeció a la imposición de la presidencia ni configuró una forma de afectar los derechos de las minorías, ni de coartar el debate parlamentario”.

Finalmente, aseguró que “se permitió la libre exclusión de artículos del bloque cuando existió desacuerdo, por lo que se hizo un uso racional del mecanismo de votación en bloque”.