Encuestadoras le piden a Petro no sancionar ley que frena sondeos de elecciones presidenciales

Respecto a los contenidos del proyecto, las empresas señalan que varias de sus disposiciones resultan discriminatorias y técnicamente inviable.

Compártelo en:

A través de un documento conjunto, las firmas encuestadoras Invamer, el Centro Nacional de Consultoría (CNC) y Yanhass solicitaron al presidente Gustavo Petro objetar el Proyecto de Ley 569 de 2025, recientemente aprobado por el Congreso y actualmente en trámite para su sanción presidencial.

Según el comunicado firmado por estas tres empresas, el proyecto vulnera derechos fundamentales como la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación política. Además, advierten que el trámite legislativo tuvo irregularidades. Uno de los puntos centrales que señalan es que, aunque la iniciativa regula aspectos relacionados con la elaboración y difusión de encuestas en contextos electorales, fue aprobada como ley ordinaria en la Cámara de Representantes, a pesar de haberse tramitado como ley estatutaria en el Senado.

Esta diferencia no es menor. La Corte Constitucional ha reiterado que la regulación de los derechos fundamentales debe hacerse mediante leyes estatutarias.

En sentencias como la C-488 de 1993, el alto tribunal ha sostenido que las encuestas electorales hacen parte del derecho a la información en democracia. Según la Corte, estas herramientas «transforman las propuestas políticas, alientan las coaliciones y provocan dimisiones». Impedir su difusión, indican las firmas, sería comparable a conducir con las luces apagadas: una medida que obstaculiza tanto a los votantes como a los candidatos.

Ley prohibiría encuestas de intención de voto presidencial
Ley prohibiría encuestas de intención de voto presidencial . Foto: Pexels -Tima Miroshnichenko /Freepik

Polémicas de ley que frena encuestas presidenciales

Respecto a los contenidos del proyecto, las empresas señalan que varias de sus disposiciones resultan discriminatorias y técnicamente inviable. Uno de los puntos más controvertidos es la exigencia de incluir únicamente a candidatos con «notoriedad pública significativa», lo cual, según el comunicado, excluye a aspirantes nuevos o independientes y dificulta su medición en las encuestas. “No se puede saber si alguien es conocido o tiene favorabilidad si antes no se pregunta por esa persona”, afirman.

Otra de las preocupaciones expuestas se relaciona con la obligación de entregar al Consejo Nacional Electoral información sensible de los encuestados, como números telefónicos, nivel socioeconómico, edad y estado civil. De acuerdo con las encuestadoras, esta exigencia representa una violación al derecho a la protección de datos personales, consagrado en la legislación colombiana y en tratados internacionales.

También expresan objeciones frente a la imposición de metodologías específicas, tamaños muestrales fijos y reportes técnicos detallados al Estado, lo que consideran una intromisión indebida en una actividad profesional que ya se encuentra regulada por estándares metodológicos y éticos ampliamente reconocidos.

Las firmas alertan que restringir la difusión de encuestas serias y verificadas puede tener consecuencias adversas para el proceso electoral. En su criterio, limitar el acceso a información profesional alimentaría la circulación de desinformación en redes sociales.

Además, indican que los nuevos requisitos encarecerían significativamente la elaboración de estudios de opinión, limitando el acceso a esta herramienta solo a sectores con mayor capacidad económica y, en consecuencia, afectando la equidad en la contienda electoral. Subrayan, igualmente, que la medida pondría en riesgo empleos en un sector que genera trabajo formal, muchas veces para personas en condiciones de vulnerabilidad, como madres cabeza de hogar y estudiantes.

El comunicado finaliza con un llamado directo al presidente Petro en el que “solicitamos de manera respetuosa pero firme que objete el proyecto por razones de inconstitucionalidad. Su promulgación significaría un retroceso en la garantía de derechos fundamentales dentro de la democracia colombiana”.