La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos por cartel empresarial de más de 10 años en refrigerios del Plan de Alimentación Escolar (PAE) de Bogotá.
La decisión se tomó contra 10 contratistas, una asociación de empresarios del sector de alimentos y 18 personas naturales por cartelización encaminada a manipular los resultados de 21 procesos de contratación pública en últimos 10 años.
La práctica anticompetitiva tenía como finalidad repartirse entre ellos las distintas zonas de la ciudad, frente al programa de refrigerios, que beneficia a 780 mil niños matriculados en el sistema educativo oficial, reveló el superintendente Pablo Felipe Robledo.
Tras analizar el comportamiento de los principales contratistas entre 2007 y 2017, pudo establecer que los contratistas más grandes, antiguos y consolidados del mercado se cartelizaron para no competir por la zona, con el efecto de distorsionar el resultado de los mencionados procesos de contratación pública, con un presupuesto de 1,5 billones de pesos.
Los contratistas imputados, a lo largo de los más de 10 años, resultaron adjudicatarios de 178 zonas baja a estrategia de ser proponentes únicos de una determinada zona, al aparentar o simular estar compitiendo en otras zonas, pero renunciando a hacer ofertas a la baja o inhabilitándose, entre otras estrategias coordinadas y concertadas de manera ilegal como la de desincentivar la competencia de terceras no cartelizadas.
En los escasos eventos en los que se presentaron dos de las empresas investigadas a una misma zona, la SIC constató que, por regla general, uno de los proponentes investigados ofrecía el ahorro mínimo permitido según las reglas de la licitación y su contraparte renunciaba a realizar cualquier contraoferta, asegurando así que la zona fuera adjudicada para el primero de estos, con el menor ahorro posible para el Distrito.
En contraste, cuando se enfrentaban a uno o varios oferentes no cartelizados, los porcentajes de ahorro se incrementaron sustancialmente al punto que se alcanzaron ahorros de hasta el 20 %, mientras que en los que fueron objeto de imputación el ahorro fue marginal.
La SIC ordenó compulsar copias con destino a la Fiscalía General de la Nación para que proceda a determinar la posible responsabilidad penal por los hechos a que hace alusión esta investigación, en especial, por el delito de prácticas restrictivas de la competencia en procesos de contratación estatal, previsto en el artículo 410 A el Código penal.
“Cabe aclarar que solo se compromete la conducta de las empresas, no la de funcionarios públicos de ninguna entidad (…) Donde no hay competencia, el precio no baja. La víctima es el Estado”, señaló el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo.
Si al terminar el proceso, se declara que existió violación de las normas de la libre competencia económica, la SIC puede imponer las siguientes multas:
A los agentes del mercado investigados que infrinjan las disposiciones de prácticas restrictivas de la competencia, hasta cien mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a 78.124 millones de pesos por cada infracción.
A las personas naturales vinculadas con los agentes del mercado que infrinjan esas disposiciones, hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales equivalentes a 1.562 millones de pesos.
Estas son las empresas y personas en contra de las cuales se formuló plego de cargos: