Gobierno Petro propone por decreto que sectores industriales vuelvan a subsidiar energía a estratos 1, 2 y 3

La intención del Gobierno Nacional es focalizar la exención del pago de la ‘Contribución de Solidaridad’.

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El ministro de Minas y Energía de Colombia, Edwin Palma, anunció que viene analizando la posibilidad de introducir modificaciones al Decreto 2860 de 2013 con la finalidad de contar con los recursos que permitan subsidiar el costo por la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica de los estratos 1, 2 y 3 desde enero de este año.

Esto, según el funcionario, ha avanzado con diferentes mesas de trabajo en las que también han participado los ministerios de Hacienda y Comercio, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), el Departamento Nacional de Planeación (DNP), así como la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

La intención del Gobierno Nacional es focalizar la exención del pago de la ‘Contribución de Solidaridad’, que se creó en el año 1994 por las leyes 142 y 143.

Para ello, publicó para comentarios, a través de MinHacienda, un proyecto modificatorio del Decreto 2860 de 2013, en el que reduce el segmento de actividades económicas sujeto de la exención del pago del 20 % que comprende dicha contribución, de modo que muchos sectores industriales volverían a colaborar en el pago de la tarifa de la población de estratos bajos, con lo que se apalancarían recursos para el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (FSSRI), para garantizar los subsidios por menores tarifas del sector eléctrico de los estratos 1, 2 y 3.

De acuerdo con Palma, se mantendrán algunas de las exenciones como, por ejemplo, para la industria manufacturera con el fin de avanzar en la política de reindustrialización.

Adicionalmente, se pretende que los industriales no exentos desarrollen acciones de eficiencia energética y adopten otras fuentes de energía limpia, en el marco de la estrategia nacional de transición energética justa, de modo que disminuyan sus niveles de consumo.

El ministro Palma resaltó que, durante en el Gobierno del expresidente Juan Manuel Santos se expidió el Decreto 2860 de 2013 estableciendo los usuarios industriales excluidos del pago del 20 % de la contribución y que cobija a sectores como:

–        Explotación de minas

–        Extracción de petróleo y gas natural

–        Textiles y prendas de vestir

–        Productos informáticos y electrónicos

–        Equipos eléctricos, maquinarias

–        Fabricación de vehículos

–        Producción de electricidad

–        Distribución de agua

–        Construcción

De igual forma, comprendió las empresas dedicadas a la elaboración de productos de refinación de petróleo, farmacéuticos, de caucho, metalúrgicos, entre otros.

¿Quiénes quedarían exentos con este proyecto de decreto?

De acuerdo con el proyecto de modificación, los sujetos no obligados al pago de la contribución especial en el sector eléctrico son usuarios de la industria manufacturera como: elaboración de productos alimenticios, de productos de tabaco, productos textiles, de cuero, transformación de la madera, fabricación de papel, impresiones, productos de la refinación de petróleo, productos químicos y farmacéuticos, productos metalúrgicos básicos, informática y electrónica, equipos eléctricos, la maquinaria, los automotores y fabricación de muebles, entre otros.

Cómo se podrá comprender, no significaría un aumento del 20 % en el servicio de energía para los usuarios, lo que se pretende es seguir apoyando el pago por menores tarifas de los usuarios de estratos 1, 2 y 3, a través de la contribución que deben pagar las industrias no exentas”, aclaró el ministro de Minas y Energía.

Y agregó: “Esperamos con la modificación promover un uso eficiente de la energía, así como la implementación de energías limpias por parte de los contribuyentes”.