Gobierno también pagará subsidios a la energía con deuda o TES

- Publicidad - Hoy fue radicada en el Congreso de la República la ponencia del Presupuesto General de la Nación de 2020 (PGN) el cual será votado mañana por las comisiones económicas conjuntas. La ponencia contiene la redistribución por sectores que se le hizo al presupuesto, así como el incremento del monto de inversión que […]

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Ministerio de Hacienda de Colombia. Foto: Archivo Valora Analitik

Hoy fue radicada en el Congreso de la República la ponencia del Presupuesto General de la Nación de 2020 (PGN) el cual será votado mañana por las comisiones económicas conjuntas.

La ponencia contiene la redistribución por sectores que se le hizo al presupuesto, así como el incremento del monto de inversión que habrá en 2020.

Como lo anticipó Valora Analitik, el presupuesto de inversión subirá desde $40,3 billones hasta $47,5 billones.

“Con estos cambios, la inversión para 2020 alcanzará un valor total de $47,5 billones (incluida inversión con recursos propios), que representa un incremento de 16,7% frente a lo observado en 2019 ($40,7 billones, que incluyen apropiaciones suspendidas)”, dice la ponencia.

Uno de los principales cambios que se incluyó en la ponencia es que estipula que con TES clase B se paguen los subsidios de energía y gas que se hayan causado al 31 de diciembre de 2019.

Gobierno también pagará subsidios a la energía con deuda o TES

“Este reconocimiento operará por una sola vez. En estos casos, dichas obligaciones de pago serán reconocidas y pagadas bien sea con cargo al servicio de la deuda del Presupuesto General de la Nación o mediante la emisión de Títulos de Tesorería TES Clase B.  Para el cumplimiento de lo señalado en este artículo y con el objetivo de suministrar la respectiva liquidez, la Dirección General de Crédito Público y el Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público administrará, en una cuenta independiente el cupo de emisión de TES que se destine a la atención de las obligaciones de pago originadas en subsidios”, dice el documento.

Uno de los artículos nuevos que tiene la ponencia estipula que los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y las demás entidades estatales deberán cubrir con cargo a sus respectivos presupuestos, los gastos de los traslados terrestres, aéreos, marítimos y fluviales que requieran para su funcionamiento, atención de emergencias no misionales, gestiones de coordinación y todas aquellas actividades que requieran para el desarrollo de sus funciones.

También se incluyó un artículo que dice que el Gobierno Nacional al efectuar la asignación de los recursos para la educación superior, lo hará con criterios de equidad entre las universidades públicas y las instituciones de educación superior de carácter público.

De otro lado, durante la vigencia de la presente ley la Nación podrá reconocer como deuda pública las obligaciones de pago originadas en sentencias, conciliaciones judiciales debidamente ejecutoriadas y las deudas reconocidas en el proceso liquidatario del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación hasta por la suma de $230.000 millones. Este reconocimiento operará exclusivamente para el Patrimonio Autónomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales Liquidado PAR ISS y por una sola vez.

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