Usualmente para viajar al exterior desde Colombia por vía aérea o terrestre el padre del menor requiere de un permiso firmado por el otro adulto que no viaja con sello de notariado.
Pero, Migración Colombia dio a conocer que desde el 13 de marzo de 2024 dicho documento no es necesario para emprender un viaje familiar si alguno de los padres tiene una demanda por alimentos y ha incumplido en algún pago mensual al menor.
Esto quiere decir que si su ex pareja no le ha mandado la cuota mensual para cubrir gastos como alimentación, transportes, prendas y demás necesidades de un menor, podrá viajar sin su permiso y sin tener que acudir a una notaría.
Eso sí, en su lugar deberá presentar el código QR con el que el padre está en la base de datos del Registro de Deudores Morosos de Alimentos (Redam).
Dicho código es único e intransferible ya que el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones maneja la base de datos una vez un juez dicta la sentencia al padre que asume esta responsabilidad.
“Hemos agilizado la incorporación de comunicaciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) sobre la inscripción de padres o madres morosos en Redam. Estamos trabajando en la implementación de consultas en tiempo real con MinTIC, conforme a lo establecido en el Decreto 1310 de 2022”, aclaró Migración Colombia.
Por lo que, al momento de emprender un viaje internacional y pasar por migración deberá mostrar el pasaporte del menor, su documento de identidad, datos del responsable que sale con él y el tiempo que estarán por fuera.
También debe contar con visa si irá a países como Estados Unidos, Canadá, Australia u otros que la requieren, así sea por pocos días.
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Si el otro acudiente no cuenta con demanda por alimentos deberá acudir a una notaría para contar con su permiso de manera legal y no hallar trabas para emprender su aventura.
Recuerde que cuando un adulto es demandado por alimentos y el juez dicta cuánto porcentaje de su salario mensual debe darle a su hijo, la empresa o empleador no le descuenta dicha obligación, usted debe administrar su dinero para cumplir con esta responsabilidad.
Si después de dos meses no ha pasado el porcentaje acordado en una Comisaría de Familia o centro de conciliación, un juez puede embargar el salario del implicado.