El Ministerio de Transporte expidió una circular con la que busca resolver un problema que, por más de una década, ha generado vacíos jurídicos y dificultades administrativas en todo el país: los traspasos de vehículos a persona indeterminada.
Esta figura se creó como una alternativa para que los propietarios pudieran vender un automóvil aun cuando no contaban con la información completa del comprador. En su momento, se planteó como una solución práctica para facilitar transacciones de carácter informal. Sin embargo, con el paso del tiempo, el mecanismo generó una acumulación de registros sin actualización, lo que derivó en serias complicaciones para las autoridades de tránsito a la hora de ejercer control sobre los automotores y sus responsables.
Ante este panorama, datos del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), entre 2008 y 2025 se han formalizado 762.880 trámites bajo esta modalidad. No obstante, de ese total, apenas 40.182 han sido cancelados o suspendidos, lo que significa que más de 722.000 vehículos permanecen en condición de traspaso a persona indeterminada durante un periodo superior a tres años. La magnitud de estas cifras refleja la ausencia de control efectivo en los procesos y la inconsistencia de los registros, situación que motivó al Ministerio a tomar medidas correctivas.
¿Qué pasará con los vehículos que incumplan con la norma?
La circular establece lineamientos precisos para los organismos de tránsito. Estos deberán elaborar inventarios detallados de todos los vehículos que lleven más de tres años bajo la figura de traspaso indeterminado. Tales listados tendrán que publicarse en un diario de circulación nacional antes del 30 de noviembre de 2025, con el fin de que los interesados puedan identificar los automotores involucrados y adelantar los trámites de formalización en un plazo máximo de seis meses.
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En caso de que los propietarios o responsables de un vehículo no realicen el proceso dentro de los tiempos establecidos, las autoridades procederán a suspender de oficio el registro mediante acto administrativo. Para ejecutar esta decisión se otorgará un plazo adicional de cuatro meses. Una vez quede en firme la suspensión, los automotores afectados perderán la posibilidad de circular legalmente por el territorio nacional. Si lo hacen, serán objeto de inmovilización inmediata por parte de la Policía de Tránsito.
El control de estas disposiciones estará a cargo de la Superintendencia de Transporte, entidad que deberá garantizar que los organismos competentes apliquen de manera estricta las instrucciones impartidas por el Ministerio. Con esta medida, la cartera busca no solo depurar la base de datos del Runt, sino también fortalecer la seguridad jurídica en materia de propiedad vehicular, mejorar la transparencia en los registros y ofrecer mayor certeza a los ciudadanos al momento de realizar procesos de compra y venta.