Olímpica: otra cadena a la que la DIAN aplica sellamiento temporal de tienda

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) selló el 2 de enero una de las tiendas SAO, propiedad de almacenes Olímpica

Grupo Olímpica en Bogotá. Foto: Valora Analitik.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) selló el 2 de enero una de las tiendas SAO, propiedad de la reconocida cadena de almacenes Olímpica, ubicada en el centro comercial Portal 80 en Bogotá.

De acuerdo con la autoridad, la medida se tomó como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones tributarias y se haría efectiva hasta mañana 4 de enero.

Una vez conocida la noticia, las reacciones no se hicieron esperar y el mandatario de Colombia, Gustavo Petro, se pronunció al respecto escribiendo su cuenta de X “por favor paguen impuestos”.

En su defensa, la Olímpica expuso en un comunicado que “el procedimiento desarrollado por la corresponde a una diligencia relacionada con el aparente incumplimiento por parte de la compañía en los procedimientos de facturación electrónica, y no a algún tipo de falta en el pago de las obligaciones tributarias u otro tipo de procedimiento”.

“Olímpica de manera respetuosa acata la decisión de la autoridad, pero no la comparte, pues ha aplicado siempre toda la regulación existente para el proceso de facturación electrónica tal como en los procedimientos previos a esta decisión lo demostró”, dijo.

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Además, la compañía reiteró “que en todos sus procesos es respetuosa de las normas y leyes que existen en el país para mantener su operación”.

Olímpica y Éxito: dos almacenes sellados por la DIAN

Al igual que lo sucedido con la Olímpica, el pasado 26 de diciembre, la DIAN también selló temporalmente una de las tiendas de almacenes Éxito en Bogotá.

La mañana de ese martes, el punto de Unicentro de esta reconocida cadena amaneció cerrado por una medida impuesta por la autoridad de impuestos colombiana.

Allí se alegó que la medida de cierre de tres días fue producto del incumplimiento con obligaciones en la facturación electrónica.

En ese entonces, la empresa emitió una comunicación indicando que “la sanción impuesta por la DIAN no se origina por la desatención de obligaciones de liquidación o pago de impuestos. Éxito siempre ha sido y continuará siendo una compañía comprometida con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias».

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