Se anuncia paro en Bogotá por nueva medida de Pico y Placa: esto es lo que se conoce

El próximo 10 de enero, el Pico y Placa para vehículos particulares empezará a rotar en la ciudad; habrá paro en Bogotá.

Pico y placa regional para ingresar a Bogotá el domingo 9 de abril.
Pico y placa regional en Bogotá. Imagen: @SectorMovilidad, en X.

A partir del próximo 10 de enero, el Pico y Placa para vehículos particulares empezará a rotar en la capital colombiana; medida que ha causado molestias en los capitalinos y que llevara un nuevo paro en Bogotá.

Las criticas y desacuerdos por parte de la ciudadanía no se hicieron esperar, por lo que a través de redes sociales se conoció que el próximo 11 de enero los organizadores de la protesta tendrán una reunión para acordar fecha, hora y puntos de encuentro para recorrer las vías de Bogotá.

Finalmente, se espera que haya una reunión entre voceros y la alcaldesa Claudia López a fin de llegar algún acuerdo.

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Taxistas se unen al paro en Bogotá

En la últimas horas el gremio de taxistas anunció que harán paro a nivel nacional el próximo 22 de febrero en desacuerdo por la nueva medida de en la capital colombiana.

Así mismo, mostrarán su inconformidad por el alza de la gasolina que incrementó a 400 pesos más,lo que ha elevado el precio del galón a $10.000.

«El gremio de Taxistas en Reunión virtual a nivel nacional hoy 5 de enero define hacer un llamado a la inmovilización general del gremio de Taxistas el día 22 de febrero por el incremento de gasolina y la ilegalidad en el transporte público», expresaron los taxistas a través de un comunicado.

Así es la nueva medida

Cabe resaltar, que la nueva metodología del pico y placa ya no aplicará para todos los dígitos pares en días pares y todos los dígitos impares en días impares.

La Secretaría Distrital de Movilidad informará cada cuatro meses cuáles serán los números de las placas que estarán restringidos para el siguiente periodo.

Entre enero y abril de 2023, el grupo de placas restringidas se distribuirá de la siguiente manera: en los días pares podrán circular los vehículos cuya placa termine en 6, 7, 8, 9 y 0, y en los días impares podrán circular los terminados en 1, 2, 3, 4 y 5.

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