Petro y su embajador en la OCDE defienden bajar requisitos para nombrar superintendentes de Industria, Financiero y Sociedades

En declaraciones públicas, los funcionarios respaldaron el decreto que reduce las exigencias para llegar a estos cargos.

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El presidente Gustavo Petro firmó el Decreto 0226 de 2026, mediante el cual redujo las exigencias para nombrar a los superintendentes de Industria y Comercio, Financiera y de Sociedades.

La medida deroga en lo pertinente el Decreto 1817 de 2015, que había sido expedido por el gobierno de Juan Manuel Santos para adoptar una recomendación de la OCDE en el sentido de otorgarle mayor independencia a los superintendentes.

Con el decreto anterior, los aspirantes debían acreditar título profesional y de posgrado, además de 10 años de experiencia profesional en áreas afines a las funciones del cargo. Con la nueva norma, los requisitos se igualan a los del régimen general de empleos directivos del Estado: título de maestría y 72 meses de experiencia, o especialización y 84 meses.

Además, la convocatoria pública, que antes era un paso previo obligatorio, pasa a ser una facultad discrecional del presidente, de acuerdo con el nuevo decreto firmado por Petro.

Decreto cambios superintendentes clave
IImagen: MinHacienda – MinComercio

Los tres cargos afectados supervisan sectores de alta sensibilidad para la economía colombiana: la Superintendencia de Industria y Comercio regula la competencia y protección al consumidor; la Financiera vigila el sistema bancario, asegurador y bursátil; y la de Sociedades ejerce inspección, vigilancia y control sobre las empresas del país, incluyendo los procesos de insolvencia.

Por qué el Gobierno Petro defiende bajar requisitos para nombrar superintendentes

El presidente Petro defendió la medida con un argumento de fondo constitucional. «Las funciones de las superintendencias son funciones constitucionales del presidente«, sostuvo en su cuenta de X, al tiempo que cuestionó lo que calificó como una contradicción en el debate.

Según el jefe de Estado, «se golpea su autonomía para investigar en las prácticas contra la libre competencia y el abuso con los datos de la ciudadanía» mientras «se rompe con la libertad del presidente de nombrar al superintendente con mentiras sobre las condiciones de la OCDE para dichos cargos».

Por su parte, el embajador de Colombia ante la OCDE, Luis Fernando Medina, salió a respaldar la decisión con un análisis que cuestiona la lectura más extendida sobre el decreto. El funcionario advirtió que las reformas institucionales de los últimos años «no son un ‘mandato divino’ de la OCDE», sino «la manera en la que, en su momento, el país interpretó las recomendaciones de esa organización».

Medina recordó en su columna de La República que el Decreto 1785 de 2014 fijó un periodo de cuatro años para los superintendentes, con prohibición de remoción sin justa causa, y exigió 10 años de experiencia en el sector.

Sin embargo, precisó que «ni el periodo de cuatro años, ni su fijeza, ni el requisito de experiencia de 10 años forman parte de la recomendación original» de la OCDE.

Esa arquitectura institucional, además, ya había sido parcialmente desmantelada por el Consejo de Estado: en la Sentencia 2015-00542 de 2020, el tribunal anuló la fijación del periodo de los superintendentes, con lo que los cargos volvieron a ser de libre nombramiento y remoción.

Luis Fernando Medina, embajador de Colombia en la OCDE.
Luis Fernando Medina, embajador de Colombia en la OCDE. Fotos: tomadas de www.march.es y de www.oecd.org/

Sobre los requisitos de experiencia, el embajador planteó una pregunta que resume su posición: «¿Por qué 10 años y no cinco o tres? ¿Necesita un superintendente, que cuenta con un equipo de apoyo, 10 años de familiaridad con el área para poder hacer su trabajo?».

Y añadió que «la misma OCDE, en un estudio comparativo sobre política regulatoria, ha advertido que requisitos muy estrictos impiden el nombramiento de personas idóneas», abriendo la posibilidad de «una captura regulatoria soterrada».

No obstante, Medina fue enfático en que la independencia del regulador respecto al Ejecutivo sigue siendo un objetivo deseable. «Personalmente, considero que sería positivo encontrarla«, afirmó, en referencia a la autonomía de las superintendencias.

También señaló que «en este momento, a solicitud de la Superintendencia de Industria y Comercio, se adelanta con la OCDE un proceso de revisión de pares» y expresó su esperanza de que el informe resultante sirva «para volver a poner sobre la mesa la autonomía de ese órgano respecto a la Presidencia de la República».