Reforma tributaria: ¿Cómo gravará el gobierno de Colombia a las plataformas digitales?

Pues bien, Ocampo esbozó parte de la propuesta que se tiene para que estas empresas aporten más a la canasta tributaria del país.

Netflix. FOTO: Pixabay

Colombia está en mora de una tarea con la comunidad internacional: fijar nuevos impuestos a las operaciones de las plataformas digitales en el país. Un compromiso que incluso ha salido como recomendación desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). La reforma tributaria trae cambios en ese sentido.

José Antonio Ocampo, ministro de Hacienda de Colombia, confirmó que esta reforma tributaria abre la ventana a que plataformas como Netflix o Spotify paguen más impuestos en el país.

Lisandro Junco, exdirector de la DIAN, en conversación con Valora Analitik había mencionado que los nuevos tributos no podían llegar por el lado de la renta o el IVA, pues estas plataformas ya pagaban estos impuestos en el país.

Pues bien, Ocampo esbozó parte de la propuesta que se tiene para que estas empresas aporten más a la canasta tributaria del país.

“La hacemos residente a la empresa: pensando en cierto monto de ventas o ciertos usuarios. Esa plataforma se vuelve residente en el país y por esto pagará impuestos”, advirtió el ministro de Hacienda.

Al leer el articulado de la reforma tributaria, sobre este punto, y sin mencionar directamente a las plataformas digitales, se afirma que una persona no residente tendrá una presencia económica significativa en Colombia “siempre que mantenga una interacción deliberada y sistemática con usuarios o clientes en Colombia”, como ocurre con las plataformas.

Pero, ¿cuándo se considera una presencia económica significativa?

1. Al obtener ingresos brutos de treinta y un mil trescientas (31.300) UVT o más, lo que serían unos $1.190 millones, durante el año gravable por transacciones que involucren bienes o servicios con personas en Colombia

2. Cuando se utilice un sitio web colombiano, un dominio colombiano (.co).

3. “Cuando mantenga una interacción o despliegue de mercadeo con trescientos mil (300.000) o más usuarios colombianos durante el año gravable, incluyendo la posibilidad de visualizar precios en pesos (COP) o permitir el pago en pesos (COP)”, advierte el proyecto de reforma tributaria.

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El punto problemático para este aspecto, y lo mencionó Ocampo tras la presentación de la reforma tributaria, es que hay cifras que se desconocen a manos de estas compañías en Colombia, como el número efectivo de usuarios o las ventas que tienen en el país.

Por ahora, el compromiso del Gobierno con esta iniciativa es que el país se equipare cada vez más a lo que pasa con el sistema tributario internacional, que tiene más impuestos para este tipo de compañías.  

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