Superfinanciera fija IBC para nuevos créditos productivos anunciados por el Gobierno Nacional

La Superfinanciera certificó el IBC para los nuevos créditos productivos que anunció esta semana el Gobierno Nacional.

Evite terminar reportado en centrales de riesgo con estos consejos.
Evite terminar reportado en centrales de riesgo con estos consejos. Foto: Carlos Andrés Ruiz Palacio - Pixabay

La Superintendencia Financiera certificó el Interés Bancario Corriente (IBC) para los nuevos créditos productivos que anunció esta semana el Gobierno Nacional.

Los cinco créditos anunciados por el Gobierno son: crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural, crédito popular productivo urbano.

El IBC para los nuevos créditos productivos fijadas por la tendrán una vigencia desde el 1 de abril de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023, con la posibilidad de que se extienda hasta el 31 de diciembre.

Así quedó el IBC para nuevos créditos productivos

La Superfinanciera recordó que el IBC para nuevos créditos productivos es “una referencia para cada una de las modalidades de crédito, por lo que las entidades del sistema financiero pueden aplicar una tasa diferente, pero en ningún caso superar el nivel de usura definido en el Código Penal”.

Frente a los microcréditos con montos y modalidades similares a los nuevos créditos productivos, la Superfinanciera indicó que el IBC anunciado no les aplica.

También, que estos créditos financieros no son para consumo personal, sino para “financiar actividades productivas que se lleven a cabo en zonas rurales o urbanas con el fin de lograr una mayor inclusión crediticia formal”.

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Los IBC para nuevos créditos productivos quedaron así:

IBC para nuevos créditos productivos

El interés remueratorio y de mora quedó definido de la siguiente manera:

IBC para nuevos créditos productivos

Y la usura así:

IBC para nuevos créditos productivos

Los nuevos créditos

En el Decreto 455 del 29 de marzo de 2023, los cinco créditos anunciados por el Gobierno Nacional quedaron definidos de la siguiente manera.

Crédito popular productivo rural:

“Es el constituido por las operaciones activas de crédito realizadas con personas naturales o jurídicas para el desarrollo de cualquier actividad económica en zonas rurales y rurales dispersas”. Su monto no excede 6 salarios mínimos mensuales.

Crédito popular productivo urbano:

“E s el constituido por las operaciones activas de crédito realizadas con personas naturales o jurídicas para el desarrollo de cualquier actividad económica en zonas urbanas”. No excede 6 salarios mínimos mensuales

Crédito productivo rural:

“Es el constituido por las operaciones activas de crédito realizadas con personas naturales o jurídicas para el desarrollo de cualquier actividad económica en zonas rurales y rurales dispersas cuyo monto sea mayor a 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Crédito productivo urbano:

“Es el constituido por las operaciones activas de crédito realizadas con personas naturales o jurídicas para el desarrollo de cualquier actividad económica en zonas urbanas». Va de 6 salarios mínimos a 25.

Crédito productivo de mayor monto:

Es el que es mayor a 25 salarios mínimos y hasta 120 salarios mínimos.

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