No todos los trabajadores en Colombia tienen las mismas obligaciones sobre la jornada laboral, esto sobre la base de que hay condiciones contractuales que se modifican.
La norma establece que no todos los empleados deben cumplir con la jornada de las 44 horas semanales, 42 horas serán desde julio, advirtiendo que por condiciones de edad, o por actividad que realizan, la exposición a estas actividades debería ser menor .
Los trabajadores en Colombia que cumplan estos requisitos tienen derechos para, en coordinación con sus empleadores, establecer los respectivos turnos de trabajo.

Estos trabajadores en Colombia tienen una jornada más corta
1. Menores de edad (trabajadores adolescentes)
- Adolescentes entre 15 y 17 años: Solo pueden laborar en jornada diurna, con un máximo de 6 horas diarias y 30 horas semanales
- Mayores de 17 años: Su jornada máxima es de 8 horas diarias y 40 horas semanales. No pueden trabajar después de las 8:00 p.m.
2. Labores especialmente insalubres o peligrosas
Para cargos que impliquen un riesgo elevado para la salud o la integridad física, el Gobierno Nacional tiene la facultad de ordenar jornadas reducidas.
Para estos casos, no hay un número de horas fijo para todos. De acuerdo con el Ministerio del Trabajo define la duración según el riesgo específico de la labor
3. Turnos sucesivos (24/7)
En empresas que requieren operación continua (sin interrupción durante el día y la noche), se pueden pactar turnos que no excedan las 6 horas diarias y 36 horas semanales. Para este caso, aclara también la norma, no hay lugar a recargos nocturnos ni dominicales.

Recomendado: Gobierno Petro expidió el decreto para aumentar el salario de miles de profesores en Colombia
Estos trabajadores en Colombia a pesar de trabajar menos hora a la semana, reciben el salario completo como si trabajaran en un horario ordinario.




