Días Sin IVA en Colombia: ¿qué cambia con nueva ponencia de reforma tributaria?

Reforma tributaria: uno de los más importantes tiene que ver con el hecho de que se proponen nuevos cambios a las jornadas del Día Sin IVA.

Días sin IVA Colombia - Gobierno Petro
El último día sin IVA de Colombia en 2022 está previsto para el 2 de diciembre. Foto: MinComercio
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La nueva ponencia de reforma tributaria para Colombia trae varios cambios. Uno de los más importantes tiene que ver con el hecho de que se proponen nuevos cambios a las jornadas del Día Sin IVA.

Bajo la idea de que esta jornada sea más beneficiosa para un mayor número de colombianos, principalmente en los hogares de menores ingresos, se propone permitir la realización de compras con efectivo, lo anterior teniendo en cuenta que en las más recientes jornadas el beneficio solamente aplicó para compras por internet. Vea más de macroeconomía acá

Dice el documento que esta medida tiene como objetivo beneficiar a los hogares de menores ingresos, “los cuales son los que menos acceso tienen al sector financiero y a productos de crédito, por lo que permitir el pago con efectivo les permitirá beneficiarse en mayor medida del día sin IVA”.

Se precisa entonces en el artículo 29 que se establece como requisito para la procedencia de la exención, “la obligación de expedir factura electrónica, así como se amplía el plazo a las 11:59 pm del día siguiente para emitirla si la venta se realiza por comercio electrónico. Por su parte, dentro de las formas de pago permitidas se incluye el efectivo”.

La idea del articulado en este sentido, hay que recordar, es impactar positivamente el consumo de los hogares, reduciendo los valores que pagan en sus compras de electrodomésticos, útiles escolares, vestuario, juguetes o elementos deportivos.

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También se propone ajustar las condiciones de aplicación de este beneficio “para que en las ventas asociadas a esta exención sea necesario emplear la factura electrónica, avanzando con ello en la masificación de esta herramienta”.

El beneficio incorpora a los bienes cubiertos con el beneficio aquellos que emplean gas natural, GLP y energía solar.

De otro lado, y con base en lo anterior, el artículo 28 de la reforma tributaria ahora incluye dentro del conjunto de bienes objeto de la exención de IVA las estufas y electrodomésticos que utilizan el gas combustible o energía solar para su funcionamiento, así como las manillas, guantes de béisbol y sóftbol, guantes de boxeo, y las gafas en general.

Por lo demás, estos tres días siguen siendo parte de la agenda económica del país de cara a los últimos meses del año. El Gobierno espera la pronta aprobación de esta reforma tributaria para que las jornadas tengan lugar entre noviembre y diciembre de 2021.

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