MinHacienda Colombia aclara tasa de tributación empresarial y cambios a dividendos en reforma tributaria

De acuerdo con el Ministerio, de momento, la tasa efectiva de tributación es del 25,5 %.

José Antonio Ocampo
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El Ministerio de Hacienda de Colombia explicó que, con la reforma tributaria propuesta, el país no estaría llegando a una tasa efectiva de tributación empresarial del 35 %, como se ha advertido en el marco del debate.

De acuerdo con el Ministerio, de momento, la tasa efectiva de tributación es del 25,5 %, respondiendo a los empresarios que argumentan que la carga tributaria para las empresas grandes sigue siendo muy grande.

Según la cartera, esto último se da como resultado de los beneficios tributarios a los que acceden, en mayor medida, las grandes empresas; es decir, aquellas con ingresos superiores a $50.000 millones al año.

José Antonio Ocampo, ministro de Hacienda, dijo que lo que se busca entonces con la reforma tributaria es que la tasa efectiva de tributación suba al 29,4 %, lo que mencionó el ministro es una cifra inferior a los datos que resultan al omitir beneficios tributarios o por cuenta de otras imprecisiones.

Más aclaraciones

Adicionalmente, Ocampo se refirió a los cambios que se buscan aprobar para los impuestos a los dividendos, empezando por decir que el proyecto de reforma tributaria reduce la carga para pequeñas y medianas empresas, y solo la incrementa para las grandes.

“Lo anterior es consecuencia de la implementación de un esquema marginal y progresivo sobre la tributación de los dividendos”, añade la cartera en ese sentido que se incluye el impuesto que pagan las personas naturales sobre sus ingresos de dividendos, “teniendo en cuenta el hecho de que no todas las utilidades de las empresas se distribuyen a los accionistas; una fracción de las utilidades se reinvierte”.

Con esto, y tras las negociaciones, se contempla que la reforma tributaria dejaría los ingresos por dividendos “sujetos a la tabla progresiva con un descuento marginal de 19 %”.

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Mientras que, para el caso del patrimonio, se considera la incidencia de este impuesto, “tanto para los casos en los que grava directamente a las empresas (como ocurría hasta 2017), como en los que grava a los accionistas (como ocurre desde 2019). Las estimaciones incorporan la porción del patrimonio correspondiente a acciones”, concluye la cartera.

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