¿Qué es la sobretasa al sector financiero y cómo cambiaría en reforma tributaria?

La propuesta de la reforma tributaria es que el sector financiero tenga una sobretasa del 5 %.

Pago de impuestos
Pago de impuestos. Imagen de Steve Buissinne en Pixabay
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Intentando encontrar más opciones para recursos que lleguen desde la próxima reforma tributaria en Colombia, congresistas ponentes del proyecto y Gobierno sigue sopesando cuáles pueden ser las opciones en el corto y mediano plazo.

En una reciente discusión entre gobierno y ponentes, el ministro de Hacienda de Colombia, José Antonio Ocampo, dijo que algunos ponentes de la iniciativa propusieron nuevos cambios a la sobretasa para el sector financiero en el marco de la reforma tributaria.

Dijo Ocampo que la propuesta que se discute, para incluir en la primera ponencia, es que el sector financiero tenga una sobretasa del 5 %.

En un principio, la propuesta de reforma tributaria del presidente Gustavo Petro daba cuenta de que se mantuviera la sobretasa en el 3 %, pero que fuera permanente y no que terminara de cobrarse desde el año 2025.

Con la nueva propuesta, a manos de los ponentes, la sobretasa haría entonces que las tarifas sobre la renta de las entidades financieras que deban pagar la sobretasa no sería del 35 % sino del 38 %.

Importancia de la sobretasa

Vale recordar que esta sobretasa, que ha sido ratificada por la Corte Constitucional, busca que los sectores con mejores rendimientos aporten más tributación siempre y cuando estos recursos que se recauden tengan una destinación específica.

La normativa del país da cuenta de que esta sobretasa debe ser asumida para aquellas instituciones financieras que cuenten con una renta disponible de ser gravada igual o mayor a las 12.000 UVT.

Para el caso de Colombia, de momento, los dineros que lleguen por cuenta de esa sobretasa deberán utilizarse en iniciativas puntuales de infraestructura.

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Estas últimas tendrán en cuenta la adecuación de carreteras, así como la red vial terciaria.

De acuerdo con la normativa colombiana, la sobretasa al sector financiero está sujeta a un anticipo correspondiente al 100 % de esta y debe pagarse en dos cuotas iguales en el año.

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