Conozca las 18 excepciones que regirán en el día sin carro en Bogotá

En días pasados la Alcaldía de Bogotá informó que el primer día sin carro de 2023 se desarrollaría el próximo jueves 2 de febrero.

Bogotá
La bicicleta es una de las alternativas de movilidad sostenible. Foto: Secretaría de Movilidad de Bogotá.
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En días pasados la Alcaldía de Bogotá informó que el primer día sin carro de 2023 se desarrollaría el próximo jueves 2 de febrero.

La medida, que se realiza tradicionalmente en la capital de Colombia, tiene como objetivo reducir el número de emisiones contaminantes, provenientes del uso de vehículos de combustión.

Pese a que ese día sin carro estará prohibida la movilidad de cualquier automóvil, las autoridades fijaron algunas excepciones como el transporte público, que seguirán habilitados para transportar a los bogotanos que lo requieran.

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Recuerde que la multa por no acatar esta medida de día sin carro es de $17,4 millones (15 salarios mínimos).

Tras un primer comunicado, la Alcaldía volvió a publicar la lista oficial de las 18 excepciones sí tendrán autorización para circular en la jornada.

  1. Transporte público
  2. Vehículos y motos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  3. Vehículos y motos de emergencia.
  4. Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.
  5. Rutas escolares.
  6. Carrozas fúnebres.
  7. Vehículos de transporte de valores.
  8. Vehículos con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  9. Vehículos y motos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  10. Transporte destinado al control del tráfico y las grúas.
  11. Caravana presidencial.
  12. Vehículos y motos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.
  13. Vehículos de servicio diplomático o consular.
  14. Motos de vigilancia y seguridad privada.
  15. Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  16. Motocicletas, vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos.
  17. Transporte para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  18. Vehículos y motos para el control de emisiones y vertimientos.

El horario de restricción para la movilización de los vehículos en el día sin carro fijado este año por la Alcaldía de Bogotá es de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.

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